Época de excesos; así se suele denominar a la Navidad en lo que al gasto se refiere y, aunque es cierto que desde el inicio de la crisis el gasto medio por persona ha ido descendiendo Navidad tras Navidad, también es cierto que seguimos gastando en estas fechas con mucho menos control que durante el resto de año, lo que sin duda provocará con la entrada del nuevo año que recién ha comenzado un número considerable de descubiertos en las cuentas bancarias de los españoles al coincidir también las primera fechas del mes con la domiciliación de recibos comunes.
No cabe duda que actualmente tanto desde la posición del usuario como desde las políticas de las propias entidades financieras se miran mucho más, en relación a los productos contratados, elementos en los que antes, hace tan sólo seis o siete años, se tenía lo que comúnmente conocemos como más manga ancha, los descubiertos en las cuentas bancarias se encuentran desde luego entre estas cuestiones mucho más limitadas y controladas.
No vamos a estas alturas a explicar lo que significa un descubierto en una cuenta, algo que todos los lectores conocen y que probablemente (desafortunadamente) en un buen número han padecido en algún momento, pero sí nos centraremos en las cuestiones negativas que este tipo de situaciones aportan ya que, como veremos, no son pocas.
Debemos en primer lugar tener en cuenta que, efectivamente, en algunos casos y dependiendo fundamentalmente de la relación del usuario con la entidad y el historial crediticio que presente, van a existir cuentas que permitirán determinados descubiertos por ejemplo a la hora de atender recibos que excedan el disponible. Del punto de vista de la comodidad es obvio que esto resulta cómodo, sin embargo debemos tener en cuenta que este descubierto responderá probablemente a unas condiciones particulares del contrato, con una cantidad límite prefijada y con mucha probabilidad con unos intereses determinados a abonar, con lo que se convierte en una suerte de préstamo preconcedido ante determinadas eventualidades.
Para el resto de posibles números rojos en nuestras cuentas bancarias debemos tener en cuenta una cuestión que no resulta baladí; probablemente y de manera proporcional estamos ante una de las situaciones más caras de resolver, en lo económico, que se nos puede presentar en los productos financieros.
Y esto es así porque la entidad puede venir a reclamarnos, en función del descubierto generado, hasta tres fuentes de coste diferenciadas; la primera de ellas la comisión de apertura al descubierto.
Esta comisión no va a entender del momento de la resolución de los números rojos, es decir una vez generado el descubierto la comisión existe y se aplicará independientemente del momento en el que regularizamos la situación de la cuenta, habitualmente se trata de una comisión que viene a agravar entre el 1% y el 4,5% del límite excedido.
El siguiente coste aplicable a una situación de descubierto nuestras cuentas es, lógicamente, el de los intereses generados durante el período en el que se mantengan los números rojos, unos intereses que también son variables pero que podemos fijar de media en torno al 10% TAE, como vemos efectivamente una cantidad muy elevada.
Por último y no menos importante en caso de que se aplique está la llamada comisión fija de reclamación, que viene a reclamar nuestra posición deudora y que de media puede oscilar en torno a los 30 €, debemos tener en cuenta que esta comisión no se encuentra presente en todas las entidades de manera automática y en algunos casos depende del número de días que se mantenga el descubierto para ser aplicada.