Ya comienza el 2013 tendremos que estar preparados para saber en que deposito nos convine invertir nuestro dinero. Recordemos que se denomina un depósito a corto plazo aquel cuya duración es inferior a un año. El depósito a corto plazo por excelencia lo constituye el depósito a tres meses, compartiendo el segmento con los depósitos a un mes, depósitos a seis meses y depósitos a 9 meses.
Normalmente este segmento se encuentra dominado por los depósitos destinados a captación de dinero nuevo o bien nuevos clientes. Las entidades aprovechan el espacio publicitario con el anuncio de elevadas rentabilidades que atraigan dinero fresco o lo que en definitiva es lo mismo nuevos clientes.
Por supuesto que su inferencia en el precio que debe pagar el banco es relativamente baja, ya que el plazo es muy corto.
Tenga en cuenta que el tipo de interés que usted encontrará anunciado con grandes carteles, está expresado en términos anuales, y que por la duración de este tipo de colocaciones, podrá obtener un rendimiento moderado en términos monetarios.
Como herramienta para robarse clientes entre las entidades, es muy buena, ya que como mínimo se necesita la apertura de una cuenta en la entidad para su contratación. Probablemente junto a la cuenta, lo terminen tentando con algún otro producto, como ser una tarjeta, u otro depósito a mayor plazo al vencimiento del original.
Es así que el sobreprecio termina dando sus resultados. Sin embargo si usted tiene en claro estos preceptos podrá aprovechar la elevada rentabilidad ofrecida y hacer unos euritos de diferencia, con la tranquilidad de tener nuestro dinero disponible en un plazo razonable.
Normalmente en este tipo de propuestas nos encontraremos con un depósito que no resulta renovable a su vencimiento. En cuanto a la liquidez, cuestión que más allá del corto plazo de estas colocaciones corresponderá averiguar, principalmente ante una emergencia y con respecto al posible pago de comisiones por cancelación anticipada,. Aunque no es premisa de estas colocaciones, muchas entidades aplican penalizaciones por retirar nuestro dinero antes del vencimiento. De esta forma, aprovechan y nos sacan una gran tajada de las ganancias en concepto de penalización. O sea, en este caso, el beneficio es netamente para ellos.
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Es importante tener en cuenta, que en los próximos meses veremos buenas ofertas a corto plazo, sin embargo, las entidades se encuentran apostando fuertemente al medio plazo, con depósitos primordialmente a 12 meses, los que les otorga un balance más equilibrado entre rendimiento a abonar y disponibilidad de los fondos.
A pesar de las restricciones en cuanto a las elevadas rentabilidades impulsadas por el Banco de España, muchas entidades continuarán apostando a la captación de liquidez, con propuestas que violen tales disposiciones. Habrá que estar atento y aprovechar cada una de ellas.
Fiscalidad de los depositos a plazo fijo
Este producto estará gravado en el IRPF 2012, siendo considerados rendimientos de capital mobiliario. Como tal, estará sujeta a la fiscalidad de los depósitos normal y habitual
- Para los residentes en España los intereses de este tipo de depósitos están sujetos a una retención a cuenta del IRPF del 21% según la legislación vigente. En el caso de que el importe de los intereses excedan los 6.000 euros,pero sean menores de 24.000 euros, habrá que pagar un 25%. Y si superan el umbral de los 24.000 euros, el tipo aplicable será del 27%.
- Para los no residentes en España con declaración de no residencia fiscal en vigor no se aplicará la Retención fiscal.