Los depósitos crecientes son una manera elegante de obligar al cliente a mantener su dinero en la entidad hasta el vencimiento. Por esta razón, la rentabilidad ofrecida debería ser un poco más alta que los depósitos tradicionales. Pero esto no sucede con el Depósito Creciente 3 años de Unicaja ya que ahora ofrece un 2,50% TAE (antes 3,10%), siempre que cumpla con ciertos requisitos de vinculación.
Así Unicaja como tantas otras entidades, ha actualizado las rentabilidades ofrecidas a las recomendaciones del Banco de España en cuanto a las limitaciones de las remuneraciones ofrecidas por los depósitos.
El Depósito Creciente 3 años de Unicaja es una imposición a largo plazo (36 meses) con rentabilidad creciente, que ha sido actualizada de la siguiente manera:
- Primer año: 1,90% (antes 2,40%)
- Segundo año: 2,50% (antes 3,10%)
- Tercer año: 3,05% (antes 3,70%)
- TAE Global: 2,50% (antes 3,10%)
Para obtener estos tipos de interés deberá cumplir con ciertos requisitos de vinculación, como mantener una Cuenta a la vista con saldo medio superior a 600 euros, tarjeta de débito o crédito con un consumo anual en comercios de 1.200 €, servicios a distancia, domiciliación de, al menos, tres recibos y domiciliación de haberes (nóminas: importe mínimo de 1.000 €. Pensión: importe mínimo 600€) o seguros sociales en el caso de autónomos.
En caso de no cumplir con estos elevados requisitos de vinculación, la remuneración se verá sustancialmente disminuída, de acuerdo al siguiente esquema:
- Primer año: 1,20% (antes 2,00%)
- Segundo año: 1,85% (antes 3,00%)
- Tercer año: 2,95% (antes 3,65%)
- TAE Global: 2,01% (antes 2,91%)
Se puede contratar desde un mínimo de 6.000 € y la liquidación de los intereses podrá ser mensual o trimestral, con abono en la cuenta a la vista vinculada.
En caso de cancelación antes de vencimiento, se aplicará un 0,50% sobre el importe de la imposición y por el período de tiempo comprendido entre la fecha de cancelación y la fecha de vencimiento, sin que el importe de dicha penalización pueda superar los intereses devengados desde la fecha de inicio de la imposición.
Como puede ver, este depósito tiene varios puntos negativos, como la baja rentabilidad y el alto monto a ingresar, lo que no lo hace muy atractivo frente a sus clientes. La baja penalización por cancelación anticipada no puede contrarrestar el resto.
Realmente una propuesta que lo obliga a contratar demasiados productos para ofrecer un rendimiento por debajo de la media… siga buscando.
Fiscalidad de los depósitos
Este producto estará gravado en el IRPF 2011, siendo considerados rendimientos de capital mobiliario. Como tal, estará sujeta a la fiscalidad de los depósitos normal y habitual
- Para los residentes en España los intereses de este tipo de depósitos están sujetos a una retención a cuenta del IRPF del 21% según la legislación vigente. En el caso de que el importe de los intereses excedan los 6.000 euros,pero sean menores de 24.000 euros, habrá que pagar un 25%. Y si superan el umbral de los 24.000 euros, el tipo aplicable será del 27%.
- Para los no residentes en España con declaración de no residencia fiscal en vigor no se aplicará la Retención fiscal.
Aqui os dejamos un video explicativo acerca de que son los depositos bancarios: