Si usted tiene un vehículo motorizado, tiene la obligación de contar con un seguro de Responsabilidad Civil, que cubra los daños personales y/o materiales, provocados a terceras personas por un accidente vial. La suma asegurada se fija por ley. Cabe aclarar que este seguro cubre al conductor del coche, aunque el propietario del vehículo y tomador del seguro sea otra persona.
El Seguro de Responsabilidad Civil cubre los daños del conductor hacia a terceros, pero no los daños personales ni materiales que el conductor o su coche sufran. Este es el requisito de seguro básico que obliga la ley. Por eso, es habitual que los conductores, amplíen la cobertura hacia su persona y su vehículo contratando un seguro voluntario.
Por ejemplo, se puede ampliar la cobertura de Responsabilidad civil, porque en el caso de que ante un accidente la indemnización a abonar al tercero perjudicado exceda el monto legal fijado por ley, el conductor del vehículo deberá responder por la diferencia con sus propios bienes. Esta cobertura suele incluir también garantías de defensa penal, fianzas y reclamaciones, y se denomina seguro de protección jurídica del automovilista.
Una de las coberturas de seguro de coche más usada es la de «todo riesgo» porque cubre daños propios, además de los daños a terceros, cuyo seguro es obligatorio. Dependiendo de la compañía de seguros para coches elegida, también suele incluir otros servicios como la asistencia mecánica, cobertura por la pérdida de puntos, acceso a otros seguros en condiciones preferentes, etc.
En fin, muchas veces, y sobre todo en estos tiempos, uno contrata el seguro que puede, y no el que le gusta.