El Banco de Valencia se suma a la competencia que se observa a fines de este año, por atraer clientes a los planes de pensiones comercializados por la entidad. En una campaña que se desarrollará hasta el 31 de Diciembre de 2012 y que hace hincapié en el asesoramiento, la entidad ha elegido como gancho el abono en efectivo del 4%.
De esta forma, Banco de Valencia es otra de las entidades que premia a sus clientes con un abono del 4% del dinero aportado o traspasado desde otra entidad.
Esta campaña hará el abono en cuenta corriente del dinero en un plazo de 20 días, desde que se haga efectivo la aportación o traspaso.
Eso si, para resultar adjudicatario de los regalos deberá mantener un compromiso de permanencia de 36 meses.
Asimismo, la entidad acaba de lanzar un nuevo Plan de Pensiones Garantizado que ofrece un rendimiento del 3,11% TAE a un plazo de 7 años y 9 meses.
El Banco de Valencia le ofrece a sus clientes una amplia gama de planes de pensiones, que a continuación detallamos:
- Plan Valencia Pensiones: Rentabilidad interesante sin renunciar a la seguridad y la estabilidad. Puede efectuar sus aportaciones con total comodidad al mes, trimestre, semestre, año o cuando quiera.
- Plan Valencia II Pensiones: El Plan Valencia II de Pensiones mantiene con una política de inversión arriesgada al invertir un mayor porcentaje en renta variable, ofrece expectativa de mayor rentabilidad a largo plazo.
- Plan Valencia Mixto Pensiones: El Plan Valencia Mixto de Pensiones mantiene una política de inversión moderada, combina renta fija y variable, y ofrece un equilibrio entre seguridad y rentabilidad.
- Plan Valencia Pensiones Renta Fija: El Plan Valencia de Pensiones de Renta Fija es la opción más conservadora, ya que invierte su totalidad en renta fija a corto plazo. Con esta opción podrás tener un “plan refugio” antes posibles oscilaciones del mercado.
- Plan de Pensiones Garantizados: le permiten proteger sus ahorros con una rentabilidad garantizada al finalizar el periodo de garantía.
La principal ventaja es reducir la base imponible del IRPF, con los siguientes límites máximos, dependiendo de la edad del aportante:
- Si usted tiene hasta 50 años, el límite anual es 10.000 € (con el tope del 30% de la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas)
- Si tiene más de 50 años, el límite es de 12.500 € (con un tope del 50% de los ingresos).
Estos límites podrán subir ya que, con independencia de las reducciones anteriores, si su cónyuge percibe rentas inferiores a 8.000 euros anuales, podrá reducir las aportaciones realizadas a favor de su cónyuge, con el límite máximo anual de 2.000 euros.
Existen casos especiales para aquellas personas con minusvalía igual o superior al 65%, que podrán aportar hasta un límite de 24.250 euros. Y si usted es familiar de minusválido en línea directa, colateral hasta el tercer grado o cónyuge, y quiere hacer aportaciones a favor de éste, podrá hacerlas de forma complementaria a la suya, siempre con el límite de 10.000 euros anuales. En ningún caso podrá superarse conjuntamente el límite de 24.250 €.
Aqui le acercamos un video con informacion acerca de la tributacion de los planes de pensiones