Deutsche Bank ha extendido el plazo promocional de su campaña dirigida a la captación de dinero nuevo para sus productos de inversión.
Así, la entidad ofrece una bonificación del 1% sobre el saldo invertido o traspasado en una selección de Productos de Inversión db con un máximo de hasta 2.000 euros por partícipe y por año, incluyendo los importes procedentes de otras promociones del año 2013.
Actualmente, la inversión en fondos es una interesante alternativa ante la recomendación del Banco de España en cuanto a la limitación en la rentabilidad de los depósitos.
Esta campaña se desarrollará hasta el 31 de marzo de 2013 y como productos de inversión podemos considerar a las Notas, Seguros de Inversión, Fondos Selección db, Plan de Ahorro de Jubilación, PIAS y Planes de Pensiones db.
Para acceder a esta campaña el importe mínimo del traspaso o inversión debe ser de 1.000 euros, y realizado entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2013.
Además se exige una condición de permanencia del saldo invertido durante 12 meses a partir de la fecha en que se realice la inversión. En caso de retirarse total o parcialmente se practicará una penalización en cuenta según condiciones de contratación.
El abono de la bonificación se realizará durante los siguientes dos meses a la realización de la inversión.
Una buena bonificación con una permanencia media… para tener en cuenta!
Fiscalidad de los Fondos de Inversión 2012
Los recientes cambios en materia tributaria realizados a fines de 2011, con efectos inmediatos a partir del 1º de enero de 2012, dan cuenta, entre otras medidas, de una subida de los tramos del IRPF 2012 y en la tributación de las rentas del ahorro, entre las que encontramos la fiscalidad de los fondos de inversion.
Los fondos de inversión no están sometidos a tributación en el IRPF hasta que se produce la transmisión o reembolso de participaciones. En ese momento se generará una variación patrimonial, ganancia o pérdida, por diferencia entre el valor de transmisión o reembolso y el valor de adquisición o suscripción de las participaciones, esto es:
Valor de Reembolso – Valor de Suscripción = Resultado Impositivo (Ganancia o Pérdida)
Cuando se produce el reembolso de participaciones del fondo de inversión se considera que se transmiten aquéllas que fueron adquiridas en primer lugar, es decir, se aplica el denominado sistema FIFO (first in – first out). En nuestro idioma: primera entrada-primera salida. Los gastos y tributos inherentes a la adquisición o la transmisión se suman y se restan, respectivamente, considerándose como un mayor valor de adquisición y como un menor valor de venta.
Las ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones de participaciones de fondos de inversión están sometidas a los siguientes tipos:
- Las ganancias hasta 6.000 tributan al 21%
- A partir de 6.000 euros y hasta 24.000 habrá que pagar un 25%
- A partir de 24.000 euros se pagará una retención de 27%
A su vez, estas ganancias patrimoniales se podrán compensar con pérdidas patrimoniales (estas últimas ya sean por ventas de participaciones de otros fondos de inversión, de acciones y/o de inmuebles) y el resultado, si es positivo, se integrará en la base del ahorro tributando a los tipos antes mencionados.
Un aspecto importante a tener en cuenta, que no ha variado con la reforma del IRPF y que significa la gran ventaja que tienen los fondos de inversión por sobre los depósitos y otros productos financieros similares, es la posibilidad de realizar traspasos entre fondos de inversión sin necesidad de tributar. La tributación solo se produce cuando se hace efectivo el reembolso de las participaciones del fondo de inversión y de esta manera se desplaza la carga fiscal hasta el momento que se produzca la disposición definitiva de las cantidades invertidas, a diferencia de lo que ocurre con otros productos de ahorro e inversión.