Herrero Depósito Doble Éxito

 

El Herrero Depósito Doble Éxito, es comercializado en dos versiones, el Herrero Depósito Doble Éxito 6/36 y Herrero Depósito Doble Éxito 12/36.

Ambos constituyen depósitos que combinan un elevado tipo de interés fijo con las expectativas de revalorización media del índice IBEX 35. El capital se encuentra garantizado en un 100%.

Herrero Depósito Doble Éxito 6/36 es una colocación con un doble vencimiento, a 6 y 36 meses. Respecto de la remuneración, en los primeros 6 meses obtendrá un rendimiento fijo del 6,3982% nominal anual (6,5%TAE) sobre el 50% del importe efectivo del depósito. Asimismo en este primer vencimiento recuperará la mitad del capital invertido.

Con la otra mitad de la inversión obtendrá, además de la recuperación del resto del capital invertido al final del período de garantía (29 de enero de 2.013), el 100% de la revalorización media del índice IBEX 35, con un máximo del 39,99% (11,866% TAE).

Sin embargo, al leer la letra chica de la propuesta observamos algunas condiciones adicionales:

  • Si entre el 26/02/2010 y el 22/01/2013 el precio de cierre de este índice es igual o superior a una revalorización del 40% respecto al nivel Inicial, recuperará el capital invertido más un cupón del 9% (2,914%TAE).
  • Si al vencimiento del depósito el Nivel Medio Observado se sitúa igual a su Nivel Inicial o por debajo de éste, y en cierres diarios entre el 26/02/2010 y el 22/01/2013 (ambos incluidos) el índice no ha subido un 40% o más respecto al nivel inicial, recuperará el capital invertido y el cupón será del 0% (0% TAE).

Herrero Depósito Doble Éxito 6/36 no admite cancelación anticipada. Podrá contratarse hasta el 28 de enero de 2010 desde 600 euros.

El Herrero Depósito Doble Éxito 12/36, es una colocación de características similares al anterior. En este caso el vencimiento doble se producirá a los 12 y 36 meses.

La rentabilidad aplicable al 50% de la inversión los primeros 12 meses es del 5% TAE. La otra mitad de la inversión se encontrará sujeta a las mismas condiciones que el caso anterior.

La modalidad y condiciones de contratación son iguales en ambos casos.

 

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