Existen variadas formas de financiacion de activos, muchas de las cuales son desconocidas por la poblacion en general, que no ve mas allá de los productos más comunes y los más ofrecidos por los bancos: los préstamos y los créditos. Sin embargo, existen otros que pueden ser muy útiles, sobre todo para el sector empresarial. Uno de ellos es el renting, que es un contrato de alquiler de determinado tipo de bienes de alta depreciación.
El renting es un contrato entre particulares que facilita el uso de bienes muebles a cambio de una cuota periodica. Dado que el renting es un contrato que actualmente no es considerado un producto financiero en si mismo no se encuentra regulado por una ley en particular ni por el Banco de España, por esta razón, pesan y mucho las claúsulas del contrato firmado entre particulares.El marco legal que le es aplicable se circunscribe a la regulación que contiene el Código Civil sobre arrendamiento de bienes muebles y, por supuesto, los contratos específicos que firman las compañías de Renting con sus clientes. El plazo de este tipo de contratos es variable de acuerdo a las condiciones particulares de cada caso, pero el mismo suele ser superior a 12 meses e inferior a los 60 meses (5 años).
Este producto resulta de suma utilidad tanto para las empresas como para los particulares ya que permitirá disponer de un bien mueble, normalmente un vehículo, maquinaria, equipos informáticos, o mobiliario, sin tener que enfrentar la disminución de las disponibilidades o el incremento del endeudamiento que supondría la adquisición de estos bienes. Considerando el alto nivel de depreciacion del bien, influye positivamente en los estados contables al disminuir la pérdida del valor del bien (y los arreglos que se le deban realizar al mismo a lo largo de su vida) y reemplazarlo por un costo fijo mensual.
De este modo, mediante esta modalidad el cliente de la entidad rentista, elegirá el bien que desea subrogar a este contrato y el arrendador lo buscará y pondrá a su disposición por una cuota generalmente mensual. La propiedad del bien no se transmite al arrendatario, sino que la mantiene el arrendador. El arrendatario solo alquila su uso durante un plazo de tiempo determinado y con un costo determinado de antemano en el contrato.
El renting se diferencia del leasing ya que no tiene opción a compra. Al finalizar el contrato las posibilidades en términos generales son dos,
- devolver el bien mueble al arrendador y contratar uno nuevo,
- ampliar el plazo la operación de Renting por un año más o refinanciar el bien.
En principio, el contrato de Renting es una operación que se firma por un plazo irrevocable y no es posible su cancelación. Si bien algunos contratos lo permiten, será importante analizar los costos que inevitablemente se asociarán a dicha cancelación.
Normalmente cuando el bien sujeto a renting es un automovil, la cuota abonada incluirá además del precio del alquiler una serie de servicios adicionales como seguro a todo riesgo, mantenimiento y reparaciones, cambio de ruedas, pago de impuestos, vehículos de sustitución, o otros que pueden resultar muy útiles para sus contratantes. Asi, la imprevisibilidad de costos de este bien se elimina casi por completo, y se reemplaza por una cuota fija mensual o periodica
http://youtu.be/iquvwMZ5lFc