Los impuestos que tributan determinadas rentas es algo que nunca debemos pasar por alto, ya que se incurre en un costo fiscal que reducen nuestras ganancias.
En este sentido, hablaremos de la Fiscalidad de la Indemnización por despido que, aunque usted no lo crea, está gravada en algunos casos.
El precepto general es que, mientras se mantengan por debajo de los límites de mensualidades expuestos, las indemnizaciones se encuentran completamente exentas. Pero cuando estas indemnizaciones por despido se acuerdan individual o colectivamente por encima de los límites, se encuentran gravadas por IRPF.
La parte de la indemnización que tributa por IRPF es susceptible de una reducción del 40% por tratarse de un rendimiento obtenido de forma irregular. Para que sea aplicable la reducción, el periodo de generación -los años trabajados en la empresa- dividido entre el número de ejercicios en que se percibe ha de ser superior a 2.
Es por esto que, en los casos en los que se pactan periodos de cobro fraccionados en el tiempo, hay que tener en cuenta que el empleado puede verse perjudicado.