Para aquellas personas que no desean utilizar los programas de ayuda y hacer la declaración de la renta por cuenta propia sigue existiendo la opción de utilizar el sistema de cita previa de la Agencia Tributaria. Se trata de un mecanismo que permite concertar una reunión con la Agencia Tributaria encaminada a la confección de la declaración de IRPF así como la modificación o confirmación del borrador de declaración.
No todas las personas desean necesariamente acogerse a las novedades tecnológicas que en los últimos años se han incrementado en relación a la declaración de la renta. Bien sea por no sentirse cómodos en el manejo de las nuevas tecnologías, o bien sea por preferir un modelo más tradicional, estas personas prefieren acudir al sistema de cita previa de la AET para mantener un encuentro con hacienda.
A tener en cuenta
Dependiendo del motivo de la cita, que puede ser la confección de la propia declaración, o la modificación o confirmación del borrador que los he enviado previamente, podemos utilizar dos vías diferenciadas la telefónica o a través de la red, como veremos más adelante los contactos no son los mismos dependiendo del objeto de la cita.
Por otro lado resulta muy conveniente tener en cuenta que de manera habitual la demanda de cita previa supera la oferta, por lo que a estas alturas probablemente ya sólo se encuentra disponible la opción telefónica, por lo que, para futuros ejercicios, merece la pena tener en cuenta que es mediado el mes de abril cuando suele abrirse el plazo para estas citas.
¿Qué documentación necesito?
Para realizar una solicitud de cita previa tan sólo necesitaremos nuestro documento nacional de identidad, sin embargo dependiendo del tipo de reunión se nos puede solicitar un volumen de documentación acorde con lo que deseamos confeccionar en la reunión.
Es relativamente común que se nos solicite toda la documentación remitida por la propia agencia tributaria, así como los documentos de identificación de la unidad familiar y datos fiscales completos.
Dentro de los datos fiscales aparte de las cartas del banco denominadas información fiscal, también se aporta el documento de retenciones presentado por la empresa y cualquier documentación que deje constancia de las inversiones que vamos a incluir en la declaración.
En el caso de la vivienda a la documentación habitual debemos sumar la referencia catastral,, en caso de alquiler, el DNI del arrendador.
Contactos para citas previas
Para modificar borradores
Por Internet:
Portal de la AEAT: www.agenciatributaria.es
Sede electrónica: https://www.agenciatributaria.gob.es
Por teléfono en el 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas).
Por teléfono en el 901 22 33 44 de cita previa (lunes a viernes, de 9 a 20 horas).
Para confeccionar la declaración
Por Internet:
Portal de la AEAT: www.agenciatributaria.es
Sede electrónica: https://www.agenciatributaria.gob.es
Por teléfono en el 901 12 12 24 SERVICIO AUTOMÁTICO (24 horas).
Por teléfono en el 901 22 33 44 de cita previa para Renta (lunes a viernes, de 9 a 20 horas).