La posibilidad de solicitar un préstamo utilizando como garantía un depósito ya existente existe, pero, tienes que tener en cuenta algunas particularidades.
Como ya sabemos uno de los principales problemas a los que cualquier usuario se puede enfrentar a la hora de la solicitud de un préstamo es que, los préstamos, nos van a exigir determinadas garantías para su concesión, garantías que en los tiempos actuales en los que el grifo de la financiación se encuentra prácticamente cerrado, son más necesarias que nunca.
Dependiendo de los importes estas garantías pueden llegar incluso limitarse al hecho de la domiciliación de la nómina, en caso de productos como los préstamos nómina que ya hemos visto en este mismo espacio en varias ocasiones, sin embargo, y en cuanto vamos aumentando la solicitud de importes y los plazos de amortización las garantías se vuelven más exigentes y duras.
Una opción, todavía no extendida a todas las entidades pero ciertamente cada vez presente de manera más amplia, es el hecho de brindar al usuario la posibilidad de utilizar determinados productos de ahorro e inversión como parte o totalidad de la garantía ante una necesidad de financiación.
Esta acción puede tener una doble lectura, por un lado la posibilidad de acceder a liquidez sin enfrentarse a la cancelación del producto de ahorro o inversión contratado, o por otro lado, no acceder a la puesta en disposición de otras garantías utilizando precisamente esos productos de ahorro o inversión a tal efecto.
Qué debemos tener claro en estas operaciones
Ante una opción como está, doble como hemos visto, el usuario debe tener muy claras algunas cuestiones. La primera de ellas sin duda es que el hecho de buscar liquidez anticipada al vencimiento de un producto de ahorro, por ejemplo un depósito, a través de un préstamo que le permita utilizar dicho depósito como garantía, no le va a salir precisamente una operación barata, y desde luego no le va salir en absoluto más barato de lo que supondría el hecho de acceder a su ahorro y rentabilidad a vencimiento de producto.
El segundo de los casos, cuando se nos permite el uso de nuestros productos de ahorro o inversión como garantía de una solicitud de financiación debemos también tener en cuenta algunos elementos importantes, por un lado el hecho de que la financiación a la que podremos tener acceso va a ir siempre directamente relacionada con el patrimonio que nuestros productos de ahorro e inversión presenten, por otro lado, y dependiendo del tipo de productos, la valoración del conjunto de patrimonio no será la misma en caso de productos garantizados de vencimientos concretos o productos de inversión que presenten determinados riesgos en su cartera, algo que sin duda debemos tener muy en cuenta.
Por otro lado el general ante este tipo de posibilidad de financiación debemos tener en cuenta que las entidades financieras, de algún modo, consideran ya en sí misma de algún modo una bonificación el hecho de basar las garantías de un préstamo determinado en este tipo de productos, por lo que, será raro que podamos acogernos a otro tipo de bonificaciones o mejoras al producto, al contrario, por regla general, se les aplicarán las comisiones más elevadas o entre las más elevadas de las presentes los productos de financiación de la entidad correspondiente.
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