Comencemos por la definición. Una acción es una parte alícuota del capital social de una sociedad anónima. La misma representa la propiedad que una persona tiene de una parte de esa sociedad. Normalmente, salvo excepciones, las acciones son transmisibles libremente y otorgan derechos económicos y políticos a su titular (accionista). La emisión de acciones ha sido el medio más importante utilizado por las empresas para captar el capital requerido para el desarrollo de sus actividades.
Se conoce como una acción emitida con cargo a reservas de libre disposición, de forma que el accionista no realiza el desembolso total de su valor. Puede ser liberada al cien por cien (gratuita) o parcialmente liberada, en cuyo caso se exigirá el desembolso del porcentaje correspondiente. Son acciones que se emiten sin contrapartida económica, es decir, que el accionista no ha de efectuar desembolso alguno. Se emiten con cargo a reservas libres.
Estas acciones liberaas suponen una inversión en renta variable, dado que no tiene un retorno fijo establecido por contrato, sino que depende de la buena marcha de dicha empresa.
Las acciones son títulos valores al igual que los bonos. La diferencia entre una acción y un bono u obligación radica en que con la acción se es dueño de los activos de la empresa, mientras que en el caso de poseer un bono u obligación solamente se adquiere o compra parte de la deuda de la empresa o entidad emisora.
En el caso de los bonos u obligación, se es un acreedor de esa empresa, y se tiene derecho a la devolución de la deuda con sus intereses. Son inversiones en renta fija. Sin embargo, en la acción se es propietario de dicha empresa, con mayor riesgo de pérdida de la inversión si el negocio va mal, así como mayor margen de ganancia si va bien. La readquisición de acciones es una figura contemplada por nuestra legislación comercial, que permite a la empresa readquirir sus propias acciones.
La acción como método de control de una sociedad
Aislando algunas excepciones (acciones sin voto), una acción da a su poseedor derecho para emitir un voto en la Junta de Accionistas. Dicha Junta, aparte de decisiones estratégicas, es la encargada de nombrar un administrador o un Consejo de Administración para la sociedad. Por lo tanto, cuantas más acciones se posean, más votos se pueden emitir, y mayor es el control de la sociedad (se tiene mayor capacidad de decisión dentro de la misma).
En términos generales, y salvo que existan pactos estatutarios que limiten el control total de una sociedad por un solo accionista, para ejercer el control de cualquier sociedad constituida por acciones se necesita poseer la llamada mayoría absoluta, es decir: más del 50% del total de acciones que se encuentran en circulación. Sin embargo, en la práctica, y en grandes compañías, basta con poseer entre el 15 y el 20% del capital para ejercer una influencia decisiva en la dirección de la empresa.
En algunos ordenamientos cabe hacer excepciones a la regla general de que una acción equivale a un voto:
- • Se pueden emitir acciones sin voto, con derechos económicos pero no políticos.
- • Se pueden establecer mayorías cualificadas para cierto tipo de decisiones (liquidación de la sociedad, ampliación de capital, fusiones y adquisiciones, etc.).
- • Se puede limitar el número máximo de votos por persona.