Archivo por etiqueta: jubilacion
Escrito por Merlina el diciembre 13, 2009

Durante los meses de noviembre y diciembre vimos como las entidades bancarias nos ofrecieron una gran variedad de regalos y depósitos de alta remuneración, con el objetivo de captar nuestra atención y que con ello contratemos un plan de pensiones en la entidad.
Un tema de fundamental importancia, y que ya anteriormente se lo habíamos adelantado es el de las comisiones que la entidad cobra por la administración del plan.
Muchas veces estas son elevadas y con ello, tanto la TAE asegurada como los regalos son insuficientes y tornan que nuestra inversión para el futuro ya no sea tan atractiva como inicialmente consideramos.
Corresponde tener en cuenta que las comisiones de los planes de pensiones no se aplican sobre las ganancias que el plan va generando sino sobre la inversión total. A medida que aumenta el capital producto de la rentabilidad del plan, también aumentará el monto de las comisiones que nos cobran, ya que el porcentual aplicado por la entidad se aplica sobre una base cada vez mayor.
Gran parte de la rentabilidad que un inversor obtiene de su plan de pensiones se ve consumida por los gastos que la entidad gestora le cobra por dicho plan.
La conveniencia de contratar o no un plan de pensiones, lógicamente, dependerá del perfil fiscal del inversor. Las ventajas fiscales derivadas de la inversión en un plan de pensiones pueden colaborar en compensar los gastos generados por el mismo, de modo que se equipare la inversión particular a la inversión en un plan o muchas veces lo supere.
Sin duda a la hora de comparar las diversas ofertas no hay que limitarse al análisis de los premios y/o bonificaciones ofrecidos. El análisis de las comisiones de cada propuesta es importantísimo.
La Dirección General de Seguros, establece que el gasto máximo que puede soportar un fondo de pensiones es del 2,5 por ciento sobre el patrimonio. En este porcentual debe estar incluida tanto la comision por gestión como la de depositario.
En el mercado podemos encontrar que en promedio las entidades financieras están cobrando por los planes de pensiones una comisión media del 1,43 por ciento sobre el patrimonio. Las entidades más caras llegan a cobrar un 2,00% y las más económicas un 0,50%.
Si la rentabilidad de unos y otros fuera similar, la variación en las comisiones que se observan generarían una variación del ahorro final importantísima. Es por ello que a la hora de sopesar las diferentes opciones debe efectuarse un análisis global que incluya la rentabilidad ofrecida, las comisiones cobradas y las deducciones fiscales admitidas para cada caso.
Escrito por Merlina el noviembre 5, 2009

El secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, expuso en una conferencia en Pamplona, la necesidad de “trabajar” el sistema español de Seguridad Social contra los desequilibrios.
Los puntos que requieren reforma según la opinión vertida, se centran en la inequidad generada por el hecho de que el sistema público de jubilaciones sólo tiene como referencia la cotización de los últimos 15 años trabajados.
Esta situación genera grandes inconvenientes en los casos de trabajadores que al acercarse a la edad de jubilación son despedidos o deben aceptar un trabajo de menor remuneración, ya que, independientemente de que haya efectuado importantes contribuciones a lo largo de su carrera laboral, su jubilación se calculará teniendo en cuenta el nivel de ingresos de los últimos 15 años.
Otro punto de inequidad se produce en la edad de jubilación ya que en muchos casos ésta no se encuentra relacionada con la peligrosidad del trabajo que se realiza. Sino hasta todo lo contrario, quienes efectúan trabajos menos peligrosos se jubilan mucho antes que otros que han trabajado en sectores de riesgo.
Por otra parte el sistema de cotización actual ya no responde a la estructura laboral del país. El secretario de Estado valoró que carece de sentido realizar una distinción por regímenes a la Seguridad Social, ya que esta estructuración se efectuó en un época en que las personas tenían una única profesión a lo largo de toda su vida.
Cada vez más, con el avance de los tiempos las diferencias en las prestaciones de los distintos regímenes se fueron borrando, sin embargo, no se han eliminado las diferencias en materia de cotización.
Todo ello, apunta a la necesidad de efectuar reformas pequeñas que tornen el sistema más equitativo y de esa forma eviten la desprotección.
Escrito por Merlina el octubre 20, 2009

Los datos revelados hoy por el II Observatorio Nacional sobre Pensiones de Caser, revelaron que el 65% de los españoles no está en situación de ahorrar para su jubilación.
Los encuestados revelaron que no poseen la capacidad económica y el interés como para mantener un ahorro a largo plazo.
En el último tiempo el ahorro de las familias españolas se ha incrementado, sin embargo, este excedente está destinado a hacer frente a las necesidades cotidianas. El ahorro tiene un fin cortoplacista en la actualidad, y el 80% de los encuestados consideró que es “imposible” ahorrar para la jubilación. Esta cifra se incrementó en un 4% respecto de los resultados del año anterior.
Los motivos de esta falta de previsión en la mayoría de los españoles está sustentada por la inestabilidad laboral y el exceso de gastos que deben enfrentar diariamente.
Por otro lado, la mayor parte de los encuestados admite que su falta de previsión frente a la contingencia de la vejez se basa en su confianza en el sistema público de pensiones. Si bien, los españoles prevén que este sistema pueda desaparecer, al menos, en la forma en que lo conocemos en un futuro, reconocen que no están al tanto de los posibles problemas que pueda soportar el sistema de pensiones en el futuro y más del 90% ignora la cuantía de la jubilación que le corresponde.
Las familias españolas que son capaces de ahorrar revelaron que mantendrán a corto plazo sus aportaciones. Según expone el estudio realizado, el 17% es capaz de destinar entre 3.000 y 5.000 euros al año de su renta al ahorro, el 36% sólo puede aportar entre 600 y 1.500 euros, y tan sólo el 3% de los ahorradores dedica más de 5.000 euros al año.
El 95% de los ahorradores, se inclina por planes de pensiones, con aportaciones medias de entre 1.500 y 3.000 euros al año para el 44% de ellos. Es notable en España la escasa aceptación que exhiben otros productos financieros destinados a la previsión como pueden ser las hipotecas inversas. Este producto consiste en un crédito con cargo a la vivienda con el fin de percibir una renta periódica y los analistas consideran que no gozará de la popularidad deseable en un período bastante extenso, por lo menos, 10 años.
Escrito por Merlina el octubre 5, 2009

El Sistema de la Seguridad Social es un conjunto de regímenes a través de los cuales el Estado garantiza a las personas comprendidas en su campo de aplicación, así como a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en diversas contingencias y situaciones definidas por la ley.
Están incluidos dentro del campo de aplicación del Sistema de la Seguridad Social, y cualquiera que sea su sexo, estado civil o profesión, todos los españoles que residan en España, y los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España, siempre que, ejerzan su actividad en territorio nacional. Por ejercicio de actividad se entiende los siguientes supuestos:
- * Trabajadores por cuenta ajena
- * Trabajadores por cuenta propia o autónomos
- * Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado.
- * Estudiantes
- * Funcionarios públicos, civiles o militares
La cotización es la acción por la cual los sujetos obligados aportan recursos económicos al Sistema de la Seguridad Social, por el ejercicio de una actividad laboral. La obligación de cotizar nace desde el inicio de la actividad laboral, se mantiene durante todo el período en que el trabajador desarrolle su actividad y se extingue con el cese en el trabajo.
Sus elementos básicos son la base de cotización, el tipo de cotización y la cuota.
La Base de Cotización será la cantidad que resulte de aplicar las reglas que para cada régimen sean establecidas anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
El Tipo de Cotización es el porcentaje que se aplica a la base de cotización, siendo el resultado la cuota o importe a pagar. Los tipos de cotización serán fijados anualmente por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
A continuación expondremos el tratamiento correspondiente para los distintos regímenes de acuerdo a los parámetros establecidos para el año 2009.
Régimen General
Las bases en el régimen general están compuestas por mínimos y máximos sobre los que se aplicarán los tipos de cotización, dependiendo de la actividad desarrollada por el trabajador, según se describe en el siguiente cuadro:
BASES DE COTIZACIÓN CONTINGENCIAS COMUNES
| Grupo de Cotización |
Categorías Profesiones |
Bases mínimas |
Bases máximas |
| 1 |
Ingenieros y Licenciados.Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores |
1.016,40 Euros/mes |
3.166,20 Euros/mes |
| 2 |
Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados |
843,30 Euros/mes |
3.166,20 Euros/mes |
| 3 |
Jefes Administrativos y de Taller |
733,50 Euros/mes |
3.166,20 Euros/mes |
| 4 |
Ayudantes no Titulados |
728,10 Euros/mes |
3.166,20 Euros/mes |
| 5 |
Oficiales Administrativos |
728,10 Euros/mes |
3.166,20 Euros/mes |
| 6 |
Subalternos |
728,10 Euros/mes |
3.166,20 Euros/mes |
| 7 |
Auxiliares Administrativos |
728,10 Euros/mes |
3.166,20 Euros/mes |
| 8 |
Oficiales de primera y segunda |
24,27 Euros/día |
105,54 Euros/Día |
| 9 |
Oficiales de tercera y Especialistas |
24,27 Euros/día |
105,54 Euros/Día |
| 10 |
Peones |
24,27 Euros/día |
105,54 Euros/Día |
| 11 |
Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional |
24,27 Euros/día |
105,54 Euros/Día |
Sobre estas bases se aplicarán los tipos de cotización a los fines de determinar la cuota.
- Cuando el trabajo se desarrolle en horario normal, o se trate de trabajo efectuado en horas extra normales, el tipo de cotización será de 28.30%, siendo aportado en un 23.60% por la empresa y un 4.70% por el trabajador.
- Cuando exista trabajo efectuado en tiempo extra por motivos de fuerza mayor, la cotización será menor a la normal, reduciéndose a un 14,00% total, el cual se compone de 12% aportado por la empresa y el diferencial por el trabajador.
Tanto la empresa como los trabajadores deberán efectuar aportes que cubran la contingencia del desempleo. Los tipos aplicables dependerán de la clase de contrato laboral al que se encuentren subrogados. En el caso de un contrato normal por tiempo indeterminado la empresa deberá aportar el 5.50% y el trabajador 1.55% de la base. Los tipos se incrementan cuando se trata de contratos de duración determinada, ya sean a tiempo completo o tiempo parcial, en cuyos casos el tipo de contribución será de 8.30% y 9.30% respectivamente.
Para conformar el Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional los empleadores deberán aportar el 0.60% aplicado sobre la base y el trabajador el 0.10%.
Trabajadores autónomos
Para los trabajadores que desarrollen su actividad por cuenta propia la ley ha fijado en 833,40 euros mensuales la base mínima y 3.166,20 euros mensuales la base máxima, debiendo aportar sobre éstas el 29.80%.
Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios
Los trabajadores agrarios no tienen fijada una base máxima que opere como tope de sus aportes. Sino que la cuota se conformará de el 18.75% de 833,40 (que constituye la base mínima) y el 26.50% aplicado sobre el excedente a la base superior mínima. Asimismo estarán facultados a efectuar una mejora voluntaria en sus aportes que se fija en 3,30%.
Los trabajadores incluidos en este sistema que no hayan optado por la cobertura de AT y EP, efectuarán una cotización adicional del 0,1 por 100, sobre la base de cotización elegida, para la financiación de las prestaciones de riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.
Régimen Especial de Empleados de Hogar
Los trabajadores que desarrollen su actividad como empleados de hogar en forma permanente deberán aportar 3,7% sobre 728,10 euros que constituyen la base. Los empleadores deberán completar la cuota aportando el 18,30%. Pra la financiación de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural el tipo de cotización será de 0,1 %, sobre la base única de cotización, el cual quedará a cargo exclusivo del empleador.
Esperamos que la información brindada en esta nota sea de su utilidad. Para mayores detalles consultar la página del Ministerio de Trabajo e Inmigración (http://www.seg-social.es).
Escrito por Fabian el julio 15, 2009
CajaCampo tiene una importante promoción para todos aquellos que domicilien su pensión en la entidad, denominada Jubilación Plus, por medio de la cual puede recibir como reglo el 10% del total de su pensión.

En esta época de ofertas de domiciliación, CajaCampo se acordó de los pensionados y lanzó su Jubilación Plus, una promoción que, además de múltiples beneficios, ofrece de regalo el 10% de su pensión mediante un Cheque Regalo canjeable en el Club de Compras de CajaCampo, con gran variedad de artículos a elegir.
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