Los tramos de IRPF 2012 definen la cuantía por la que tributarán de forma general las rentas que se obtengan, tanto del trabajo como del ahorro en el Impuesto sobre la renta. Tras las últimas modificaciones fiscales en España rigen siete tramos si descontamos las rentas exentas.
La última subida de IRPF cambió el número de tramos alterando así las tablas de IRPF. Actualmente en España rigen siete tramos de IRPF tras la aprobación de una subida de impuestos en 2012, no solo a las clases con más ingresos, sino a todos los ciudadanos en general. Así, se crearon un nuevo tramo para las rentas de más de 300.000 euros. El objetivo de la subida de los impuestos no es otro que paliar el asfixiante déficit fiscal de España. Más…
Los recientes cambios en materia impositiva realizados por el Gobierno de Rajoy ha dejado varias modificaciones importantes. Los cambios en los tramos del IRPF han sido solo algunos, pero quiza la mejor noticias entre tanto ajuste nos la trae la vuelta de la deducción por vivienda habitual.
En primer lugar, es importante conocer a que se llama vivienda habitual. Se considera vivienda habituala la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ésta debiendo ser ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los siguientes casos: Más…
Se aproximan los días donde cada uno de nosotros deberá cumplir con las obligaciones fiscales anuales. Los vencimientos del IRPF están al caer y es bueno comenzar a preparar las diversas presentaciones de la Declaración de Renta a fin de evitar multas por llegar fuera de término.
En este sentido, ya les hemos acercado un Simulador de Renta 2011-2012 para que sepamos cuanto nos corresponderá -si el impuesto así lo determina- abonar al Fisco.
Pero en esta oportunidad les acercaremos las Fechas de Declaración de Renta 2011 para que usted vaya organizandose: Más…
Las campañas electorales son, en general, mentirosas. Todos los políticos, de todos los partidos, en todas las elecciones, prometen y prometen cosas que, muchas veces, son olvidadas apenas se conoce los resultados elecciones 20N. En este sentido, esperamos que la promesa del PP se cumpla: implementar una deduccion del IRPF por Incremento en el ahorro personal.
La creación de una nueva deducción en el IRPF por el incremento anual del ahorro, que incluya la adquisición de vivienda habitual, se encuentra incluída en el programa electoral del partido que lidera Mariano Rajoy para las próximas generales, que será aprobado este lunes en un Comité Ejecutivo que se celebrará en Santiago de Compostela y de cuyo contenido se ha conocido una parte este domingo.
En el capítulo de la reforma fiscal que propone el PP, también se incluye la elevación de los mínimos familiares en el IRPF, para adaptarlos “mejor a las circunstancias de los contribuyentes”, especialmente para las familias numerosas.
Es una de las más importantes y en la actualidad permite deducir el 15% de las cantidades destinadas a adquisición, rehabilitación o adaptación de la vivienda habitual, así como las cantidades aportadas a la cuenta vivienda. El ímite general está en los 9.015 euros, lo que genera una deducción máxima de 1.352,25 euros. En caso de tributación conjunta se mantiene esta cantidad (no se multiplica por dos).
Esta deducción afecta por una parte al arrendador y por otra al arrendatario. En el primer caso, se contempla una reducción de caracter general del 50% de los costes que origine el alquilar la vivienda. La reducción puede ser del 100% cuando esta se alquila a personas entre personas entre 18 y 35 años y con unos rendimientos netos del trabajo superiores a 7.236,60 euros.
Deducción por rendimientos del trabajo y actividades económicas
Se trata de la famosa deducción de los 400 euros que tanta polémica y problemas generó a la hora de rellenar la declaración de la renta de 2008. El Gobierno ya anunciado su intención de suprimir esta deducción para quienes tengan un base imponible superior a 12.000 euros. Además, estos 400 euros sólo estarán disponibles en su totalidad para las rentas inferiores a los 8.000 euros, cifra a partir de la cual se irá reduciendo progresivamente. El resultado de esta deducción figura en la casilla 735.
Deducciones por donativos
Se puede deducir el 10%, 20% o 30% de las cantidades aportadas a entidades sin ánimo de lucro, actividades de mecenazgo y otras donaciones contempladas por entidades autorizadas por la ley. El porcentaje a aplicar depende del tipo de institución y la actividad que realice. Conviene aclara que se puede deducir no sólo las aportaciones extraordinarias, sino también las cuotas que se pagan como socio, así como por las aportaciones no dinerarias. En cualquier caso el porcentaje de deducción está limitado al 10% de la base liquidable con carácter general y al 15% para determinadas actividades y programas prioritarios de mecenazgo.
Deducción por nacimiento de hijos y madres trabajadoras
El papel de los hijos en la declaración de la renta puede ser un tanto lioso para muchas familias, pero también permite acogerse a interesantes deducciones. La primera de ellas es el conocido como cheque bebe y que en realidad supone el pago de 2.500 euros por deducción o prestación por nacimiento o adopción.
La segunda medida afecta a las madres trabajadores y consiste en una deducción de 100 euros mensuales durante los primeros 36 meses de vida del bebé siempre y cuando los progenitores trabajen por cuenta ajena. Por el momento no se ha planteado su modificación.
Deducción por actuaciones para la protección del Patrimonio Histórico Español y el Patrimonio Mundia
Esta es una de las deducciones en principio reservadas para las rentas más altas y supone una deducción del 15% de las inversiones o gastos para la adquisición de bienes del Patrimonio Histórico España que estuviesen fuera de nuestras fronteras, conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de los bienes de su propiedad que estén declarados de interés cultural y la rehabilitación de edificios. La deducción no podrá superar el 10% de la base liquidable.
A estas deducciones hay que sumar las de carácter empresarial que incluyen las deducciones por incentivos y estímulos a la inversión empresarial en actividades económicas en estimación directa y las de estimación objetiva, así como la deducción por cuenta ahorro-vivienda. Además, también existe una deducción por las rentas obtenidas en Ceuta o Melilla.
Si bien aun no estamos en fecha, y lo peor del año fiscal ya paso, no podemos relajarnos, sobre todo pensando en la Declaracion de renta 2011-2012. El IRPF es un impuesto que se debe preparar durante todo el año, y si no queremos llevarnos sorpresas cuando tengamos que solicitar el borrador de la renta, entonces debemos adecuar el impuesto y aprovechar todas las oportunidades que la ley nos da para pagar menos.
En primer lugar, es importante saber quien debe hacer la declaracion de renta. La ley es clara cuando dice en principio que todas las personas que obtengan algún tipo de renta o pensión contributiva están obligadas a presentar la declaración de la renta. Dicho esto, el artículo 96 la Ley de IRPF y el artículo 6 del Reglamento de IRPF prevén los diferentes casos por los que una persona puede estar exenta de declarar.
¿Como bajar la factura fiscal?
Como ya mencionamos, el IRPF es un impuesto que se debe ir preparando a lo largo del año calendario. Por ello, es importante conocer las deducciones admitidas, para de esta manera pagar menos impuesto, siempre dentro de la ley.
Aun falta para conocer el calendario fiscal que determinara las fechas de declaracion de renta 2011-2012, pero para ir preparandose, la fecha de solicitar el borrador del IRPF en general comienza con el primer día hábil del mes de Abril de cada año, cuando la Agencia Tributaria abrirá el plazo de solicitar el borrador de Renta de 2011 y de los datos fiscales para aquellos contribuyentes que no lo pidieron marcando la casilla correspondiente en la declaración de la renta presentada el año pasado o que no lo confirmaron.
Para solicitar este servicio -ofrecido por la Agencia Tributaria con el fin de facilitarle a los contribuyentes la declaración de renta- en general se tiene tiempo hasta el último día hábil de Junio. De hecho, una vez recibido el borrador, los contribuyentes deben revisarlo y pueden modificarlo o completarlo si quieren. Hecho esto, podrán confirmar el borrador de renta a partir del primer día en que esta disponible y hasta fines de Junio.
Sin embargo, no todos los contribuyentes pueden recibir el borrador. En concreto, solo lo recibirán aquellos contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, imputación de rentas inmobiliarias de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta y subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
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