Archivo por etiqueta: gobierno
Escrito por Fabian el febrero 13, 2009

Hace unos días, después de inaugurar las jornadas La singularidad de las cajas, organizada por la Federación de Usuarios de Cajas, el gobernador del Banco de España anticipó, sin ningún tipo de precisión, la posibilidad de que alguna entidad requiriera una intervención.
Lo que hasta hace unas semanas estaba descartado, ya se transformó en una posibilidad: que algún banco o caja de ahorro tenga que ser auxiliada por el estado para evitar su caída. Esto no es nuevo: en todo el mundo desarrollado esta práctica de nacionalización de la banca ha sido común, con gigantes como EEUU, Reino Unido y Alemania a la cabeza.
Hasta ahora en España, no ha sido necesario la intervención de ninguna entidad financiera, pero con la intensidad de la crisis no puede descartarse nada. Esto ha sido, textual, lo que ha dicho el responsable del organismo controlador de la banca española.
Ante este escenario, las entidades necesitan reestructurarse y alguna incluso ya lo está haciendo. Entre los principales problemas que enfrentan se encuentran el fuerte aumento de la morosidad y la elevada exposición al sector inmobiliario. De esta manera, las hipotecas otorgadas, que han sido una de las grandes fuentes de ganancias de los bancos y las cajas, le agregan una pesada ancla para escaparle a la crisis.
¿Se vienen las caídas de entidades? Este año 2009 será crucial. Personalmente creo que habrá alguna novedad en el corto plazo, ya que este primer paso de aceptar la posibilidad de algo que se había negado hasta hace poco tiempo parece ser el prólogo de algún anuncio importante. Estarían “preparando el camino…” Por lo pronto, las primeras sospechadas son las cajas de ahorro.
Escrito por Fabian el enero 7, 2009

El objetivo de la Línea ICO PYME 2009 es apoyar y financiar, en condiciones preferentes, el desarrollo de proyectos de inversión de los autónomos y las pequeñas y medianas empresas españolas.
Las inversiones financiables pueden ser inversiones productivas en activos nuevos o financiación complementaria del cliente. La modalidad de contrato podrá ser de préstamo tradicional o de leasing.
En este sentido, se financia hasta el 100% del proyecto de inversión, con las limitaciones y condiciones siguientes:
- La financiación complementaria está ligada a la financiación en activos fijos y no a la inversa.
- La financiación en activos fijos debe representar, como mínimo, el 60% del total de la financiación.
Las inversiones financiables en activos fijos no podrán tener una antigüedad superior a 6 meses a la fecha de firma del contrato de financiación, y deberán ejecutarse en el plazo máximo de 1 año desde la firma.
El importe máximo de la operación será de 1,5 millones de euros por cliente y por año, y se puede completar en varias operaciones.
En cuanto al tipo de interés, este programa hace una diferenciación dependiendo de la clase de operación y de si la operación cuenta con un aval de Sociedad de Garantía Recíproca o no. En este sentido, los tipos son:
Financiación de activos fijos productivos:
- Con aval SGR: referencia ICO más hasta 0,95%
- Sin aval SGR: referencia ICO más hasta 1,20%
Financiación Complementaria:
- Con aval SGR: referencia ICO más hasta 1,24%
- Sin aval SGR: referencia ICO más hasta 1,49%
El tipo de interés puede ser fijo o variable, a elección del cliente, y siempre tomando como referencia el que corresponde al Instituto de Crédito Oficial. En la actualidad, es el euribor al plazo de la operación sin ningún margen complementario.
En lo que corresponde a los plazos, también son a elección del cliente, en las siguientes condiciones:
Para Financiación de activos fijos productivos:
- 3 años sin carencia.
- 5 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 1 año.
- 7 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 2 años.
- 10 años sin carencia o con un período de carencia del principal de 3 años.
Para Financiación complementaria
- 3 años sin carencia del principal
No habrá ningún tipo de comisiones tales como apertura, estudio o de disponibilidad.
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Escrito por Fabian el enero 5, 2009

Esta línea pone a disposición de los autónomos y las Pymes 10.000 millones de euros, de los cuales 5.000 millones son aportados por ICO y 5.000 millones son aportados por las Entidades de Crédito.
Esta línea está orientada a Autónomos y PYMES que cumplan los siguientes requisitos:
- menos de 250 empleados
- volumen de negocio anual no superior a 50 millones de euros y/o cifra de balance general no superior a 43 millones de euros
- no estar participada en un 25% o más por empresa o conjunto de empresa que no cumplan los criterios antes citados
- no tener ninguna operación de mora con las Entidades de Crédito
El importe máximo del crédito será de 500.000 euros por cliente y año, ya sea en una única operación o en varias. A su vez, el plazo de amortización será de 3 años, incluyendo los 6 meses de carencia.
El tipo de interés será la media de los dos siguientes:
- referencia ICO + margen aplicable
- referencia Entidad de Crédito + margen aplicable
Los márgenes aplicables podrán ser:
Por su parte, el tipo de interés fijo referencia ICO es, en la actualidad, el valor del euribor al plazo correspondiente más un margen de 0%. El mismo se mantendrá fijo por toda la vida del préstamo.
En cuanto a las comisiones, las mismas ascienden al 0,40% del valor solicitado. La comisión por cancelación anticipada será del 1% por el importe cancelado.
La tramitación se hará directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.
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