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Archivo por etiqueta: fiscalidad

Cuentas Ahorro Empresas


Antes de emprender un negocio es necesario conocer todos los beneficios disponibles, en este caso una deducción sobre las cantidades que se destinen a la creación de la sociedad, a la que se considera nueva empresa (SNE).

Existe una deducción de un 15% sobre la cantidad que se destine a la creación de una sociedad en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El límite fijado es de 9.000 euros anuales y es aplicable a un máximo de cuatro años. La cantidad destinada se deberá dedicar en su totalidad a la constitución de la nueva compañía SNE. Se acepta que parte de los importes se pueda destinar a la inversión que se haga en concepto de inmovilizado o a los gastos de personal de la empresa.

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Fiscalidad Hipotecas: variar el plazo de revisión del tipo no tributa


El periódico expansion.com se hace eco de la resolución de una consulta hecha a la Dirección General de Tributos acerca de la cuestión.

En esta época de vacas flacas, cualquier alivio económico es bienvenido por las personas, máxime cuando este alivio proviene del Fisco. Este es el caso de aquellos deudores hipotecarios que solicitan a su entidad financiera modificar su hipoteca.

La Dirección General de Tributos ha declarado en una consulta, de 10 de junio, que la escritura pública que refleja la modificación del periodo de revisión del tipo de interés de un préstamo hipotecario estará exenta del pago de la cuota gradual de Actos Jurídicos Documentos, documentos notariales (AJD), del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

La exensión de impuestos sucede también si en la misma escritura se formaliza, también, la modificación del tipo de interés aplicable.

Fiscalidad Hipotecas


La fiscalidad es una carga que muchas veces cambia la idea de rentabilidad o del tipo de interés de un producto financiero. Sucede con los depósitos y también, entre otros, con las hipotecas

Cuando contratamos cualquier producto financiero, desde un simple depósito hasta un plan de pensiones, la fiscalidad del mismo es un punto muy importante a tener en cuenta, ya que afecta al costo real del producto. También sucede esto en las hipotecas.

Cuando realizamos la compra de una vivienda o de cualquier inmueble, debemos confeccionar una escritura pública donde se detalla toda la operación. La primera escritura tiene una serie de imposiciones fiscales que gravan el acto. Elo más importante es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en la versión de Actos Jurídicos Documentados.

Los tipos fiscales que se deben abonar por este impuesto son:

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Fiscalidad de la Indemnización por despido


Los impuestos que tributan determinadas rentas es algo que nunca debemos pasar por alto, ya que se incurre en un costo fiscal que reducen nuestras ganancias.

En este sentido, hablaremos de la Fiscalidad de la Indemnización por despido que, aunque usted no lo crea, está gravada en algunos casos.

El precepto general es que, mientras se mantengan por debajo de los límites de mensualidades expuestos, las indemnizaciones se encuentran completamente exentas. Pero cuando estas indemnizaciones por despido se acuerdan individual o colectivamente por encima de los límites, se encuentran gravadas por IRPF.

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Devolución mensual del IVA para empresas


El pasado 2 de enero se estrenó un sistema de devolución mensual de IVA, siendo el mismo voluntario, con el cual se espera que se inyecten unos 6.000 millones de Euros, para un total de 100.000 empresas, a lo largo del todo el año 2009.

Estas medidas fiscales habían sido presentadas en el mes de junio pasado, en un plan fiscal del gobierno. Todas las empresas que deseen beneficiarse con el mismo, se registrarán debidamente y la inscripción será durante todo el año: una vez cumplimentado el trámite, permanecerán en el registro habilitado a tal efecto durante todo el ejercicio.

La solicitud de devolución del IVA se hará dentro de los 20 días del mes siguiente, habiéndose comprometido la Agencia Tributaria a su devolución dentro de los 30 días siguientes. El Ministerio de Economía y Hacienda ha calculado que 300.000 empresas podrán beneficiarse al tener derecho a la devolución de IVA, frente a otras que tienen la obligación de ingresar. El total de empresas existentes en España se estima en 1,2 millones, habiendo unas 100.000 que ya reciben devolución mensual por dedicarse a la exportación.

El Organismo a cargo de Luis Pedroche, afirma que estas previsiones son prudentes, por lo que es posible que sea superadas en la medida que las empresas noten que este flamante sistema supone un gran beneficio financiero. Por estos motivos la AEAT espera una inyección de 6.000 millones de Euros.

Este nuevo sistema no solo es novedoso en España, sino que también en toda Europa. Por ese motivo, podría realizarse una petición masiva durante el inicio del mismo.-

A fin de agilizar las solicitudes , el trámite se realizara en forma telemática. Las empresas presentaran la inscripción en el registro por este medio o bien en una administración de la AEAT mediante forma electrónica , debiendo asímismo presentar vía telemática el libro de registro de facturas.-

A fin de facilitar la tarea a las empresas y tener mayor eficacia en la tramitación de las devoluciones, la Agencia Tributaria ha desarrollado un par de aplicaciones informáticas , así mismo el Departamento de Informática de AEAT, podrá recibir hasta 1.700 millones de facturas por mes, dado la capacidad operativa con que cuenta el sistema. Las aplicaciones informáticas estarán al servicio de las empresas en forma gratuita.-

Si bien la Agencia Tributaria tomó el compromiso de efectuar la devolución en los 30 días, bien podría tomarse hasta 180 días , por la Ley que regula el flamante y novedoso sistema , aplicando la demora a razones de seguridad, si se descubriera que una solicitud de devolución no es ajustable a la actividad económica de la empresa.

Fuente: elmundo.es

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