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Bonos Catalunya – Bonos Cataluña 2012


La novela de la Generalitat de Catalunya  y sus bonos patrióticos vuelve al ruedo. En plena crisis de deuda, se apresta de lanzar nuevos bonos con rendimientos de hasta el 4,75% de rentabilidad, más que cualquier entidad bancaria española.

Las razones de este “manotazo de ahogado” son bien simples: Cataluña es la comunidad más endeudada de España, con más de 30.000 millones de euros de deuda, y la segunda en términos del PIB, más el 15%. Una deuda semejante puede poco menos que asfixiar a cualquier gobierno, y por esta razón, la Generalitat de Catalunya necesita 9.000 millones de euros para financiarse. Más…

“Dación en pago” para saldar deuda hipotecaria


 

Las familias con bajos ingresos y con todos sus miembros en paro podrán utilizar la “dación en pago” para saldar su deuda hipotecaria con el banco siempre que se trate de la primera vivienda. También aquellas familias que también cuenten con bajos ingresos -por debajo de un umbral todavía sin determinar- y que tengan a todos sus miembros en paro y agotadas sus prestaciones podrían salvarse del desahucio.

¿Qué es la dación en pago?
La dación en pago se aplica como sistema de pago por parte del deudor de una hipoteca inmobiliaria a la que no puede hacer frente las cuotas impuestas por dicha hipoteca y en la que se entrega el inmueble, en vez de dinero, para liberarse de la deuda.

Para solicitar la dación de pago hay que hablar con el director de la sucursal bancaria en la que está contratada la hipoteca. El banco intentará ofrecer alternativas al cliente deudor para pagar el préstamo: moratorias, reducciones en la cuota hipotecaria, etc.

La dación de pago no está regulada en España, la entidad financiera puede negarse a concederla. Sólo accederá a ello en casos muy puntuales en los que el cliente no tiene dinero ni bienes para saldar su deuda. En estas situaciones el traspaso de la vivienda se formaliza ante notario.

La propuesta de solución del gobierno del PP al deshaucio.
El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha anunciado que el Gobierno promoverá una serie de medidas para proteger a aquellas familias con todos sus miembros en paro y que no cuenten con ingresos adicionales para afrontar el pago de la hipoteca.

En concreto, propone que para ellos sea menor la penalización en caso de impago de la hipoteca y estudia con Justicia la posibilidad de que el pago de intereses -que se produce en los primeros años de la hipoteca- contabilice para el principal, de forma que se reduzca el total del préstamo para este tipo de familias. Todas estas medidas se aplicarán solo en caso de embargo de la vivienda habitual.

Estas medidas solo beneficiarían a aquellas familias que pudieran acogerse a ese “umbral de exclusión”, que según de Guindos hay que definir. Y esta medida se incluirá dentro de “un código de buenas prácticas” para los bancos, que serán al final quienes tengan la última palabra en este asunto.

De Guindos, además, adelantó que, dentro del código de buenas prácticas para los procedimientos de ejecución hipotecaria, permitirá durante al menos dos años habitar a estas familias en la vivienda antes del desalojo.

Dudas en la ejecución.
Aunque De Guindos ha hablado de que “se debería permitir la dación en pago como principio de liberación de la deuda”, también ha puntualizado que está por ver cómo se podría estructurar y que, en cualquier caso, sería una opción limitada a la primera vivienda, para familias en “umbral de exclusión” y con todos los miembros en paro.

Además, el titular de Economía ha advertido que habrá que actuar con “cautela” para evitar un uso abusivo de esta cláusula. Suma y sigue, porque el tratarse de contratos en vigor, es necesario analizar con el Ministerio de Justicia la posibilidad de aplicar una medida de este tipo, ya que en España no está permitida la retroactividad.

En contra.
El portavoz socialista de Economía en el Congreso de los Diputados, Valeriano Gómez, ha acusado este miércoles al ministro del ramo, Luis de Guindos, de generar “falsas expectativas” con su anuncio sobre la dación en pago, recordando que un código de buenas prácticas sólo incluye recomendaciones y no obligaciones, y reclamando una “legislación prudente” que, entre otras medidas, alargue los plazos para las ejecuciones hipotecarias y reduzca los intereses de demora.

El jefe de Estudios de idealista.com, Fernando Encinar, ha indicado que la dación en pago limitada a familias en paro y con escasos recursos económicos hará crecer el diferencial de las hipotecas y podría producir un aumento de la economía sumergida.

Los bancos lo aceptan.
Los bancos podrán incluir como “gasto fiscalmente deducible” las pérdidas derivadas de las medidas contempladas en el ‘Código de Buenas Prácticas’ que el Gobierno promoverá entre las entidades y que permitirá la dación en pago a familias sin ingresos y con todos sus miembros en paro, siempre que se trate de la primera vivienda.

La banca ya ha dicho que estaría dispuesta a aceptar una medida de este tipo siempre que la entidad la pueda asumir de forma voluntaria, tal y como ha dicho este mismo martes el presidente de la AEB, Miguel Martín.

Corralito y default: ¿En el camino de Grecia?


 

Hemos visto como paises como Islandia, líder en el ranking de desarrollo humano de la ONU, ha restringido el retiro de los fondos de los bancos comerciales, exhibiendo como razón la probable “quiebra” del país si se permitía la salida masiva de dinero de las entidades. En estos días, se habla de la quiebra de Grecia, con su entrada en default de su deuda soberana, como muy probable, a la vez que tambien se estudia la restriccion del retiro de dinero de sus bancos, en serios problemas si los bonos del Estado griego -de los cuales sus arcas están llenos- no se pagan.

El corralito islandés ocurrió a raíz que el sistema financiero de ese país era demasiado grande para su tamaño, y la cantidad depositada en ellos es excesivamente onerosa, lo que sumado a la frágil situación de los mayores bancos del país (de hecho, se han nacionalizado los 3 más grandes) hacía inviable el retiro masivo de dinero. Eso sí, se han garantizado los depósitos, ¿pero de que sirve si no hay dinero para devolver?

A una situación como esta es la que se denomina “corralito financiero. Esta expresión tiene origen en la situación que se originó en Argentina a fines de 2001 y que desembocó en la peor crisis política y económica del país sudamericano.

Corralito, según el diccionario, significa “recinto con barrotes para que los niños jueguen adentro”. Y algo de ironía hay en esto: el dinero está adentro del sistema pero no puede salir. Una acepción más acertada, que se ha agregado como un argentinismo al mismo diccionario, puede ser “perverso mecanismo bancario, por el cual los ahorristas no podían retirar más que una suma fija mensual”.

El objetivo de una medida de esta naturaleza es muy simple: detener el pánico bancario y evitar la consiguiente crisis financiera y económica que esto traería, con la consecuente caída de bancos y el colapso del sistema financiero por la falta de liquidez como para hacer frente a la salida simultánea de dinero.

El Corralito Argentino

Lo curioso es que en Argentina, cuna del corralito, tan solo unos meses antes, el congreso argentino había garantizado la libre disponibilidad de los depósitos bancarios, por intermedio de la Ley de Intangibilidad de los Depósitos, cuyo artículo 2º decía, textual: “La intangibilidad establecida en el artículo 1º consiste en: el Estado nacional en ningún caso, podrá alterar las condiciones pactadas entre el/los depositantes y la entidad financiera, esto significa la prohibición de canjearlos por títulos de la deuda pública nacional, u otro activo del Estado nacional, ni prorrogar el pago de los mismos, ni alterar las tasas pactadas, ni la moneda de origen, ni reestructurar los vencimientos, los que operarán en las fechas establecidas entre las partes.

Tan solo dos meses después, el 3 de Diciembre de 2001, se producía el corralito financiero. Y unos pocos meses después se quiso desatar el nudo cambiando los depósitos realizados en efectivo por bonos de deuda compulsivos de un país que ya se encontraba en defult.

Pero la pregunta del millón es: ¿funcionó una medida de estas características? Sin duda alguna, el objetivo de evitar la caída de algunos bancos y el colapso financiero posterior se había cumplido. Pero trajo aparejados una cantidad de “efectos colaterales” que han dejado su marca en la sociedad argentina, a tal punto que se convirtió en materia de estudio de sociólogos, antropólogos y psicólogos locales y del exterior.

Muchos científicos extranjeros descubrían con asombro en el “little fence” (corralito en inglés) y los cacerolazos un laboratorio del comportamiento de los argentinos, y se impresionaban con algunas postales extremas. Como la de la mujer que se quiso prender fuego frente a un banco, o el ahorrista que pasó el verano del 2002 en reposera, malla y ojotas en la puerta de una sucursal del HSBC en Buenos Aires. El motivo: no podía sacar la plata para irse de vacaciones.


Pero en cuestiones económicas, resultó un boomerang que terminó provocando un efecto contrario al deseado: secó la plaza de efectivo y paralizó las operaciones cotidianas de compra y venta. En la práctica, profundizó la caída en el nivel de actividad, que tocó su piso sobre el final del primer trimestre del 2002, llegando a ser la recesión más importante de la historia del país, con una caída en el PIB cercano al 45%.

¿Es ese el futuro de Grecia o de cualquier país que ose no pagar sus obligaciones? No se sabe a ciencia cierta que pasará. Hay que partir de la base que tanto Argentina como los países europeos en problemas -Grecia, Irlanda, Portugal, Italia, España…- son culturas muy distintas entre sí. Lo que seguramente desembocará esto es en una total desconfianza en el sistema bancario, locomotora del crecimiento de cualquier país, y un grave deterioro de las carteras de inversiones de los Bancos por la recesión y por la creciente inflación que puede volver a azotar a Europa.

La situación en Grecia

Las estadísticas del Banco Central de Grecia revelan que los depósitos bancarios alcanzaron su máxima cuantía a finales de 2009, en 237.824 millones de euros, después de que el estallido de la crisis decantara a los inversores por productos más seguros. A partir de ahí, y en paralelo a la debacle griega -cristalizada en el primer rescate heleno en primavera de 2010-, el montante de los depósitos ha ido disminuyendo hasta los 188.663 millones en agosto, último mes registrado. Un descenso del 20% desde máximos, y del 12% solo en los ocho primeros meses del año.

¿Cual es la “deadline“? los expertos hablan del momento en el que los retiros del dinero de los bancos alcance el 35% del total de los depósitos bancarios. En ese momento, la vuelta atrás será imposible y se necesitará tomar medidas extremas para poner fin a la sangría de dinero y salvar a los bancos. Pero otros expertos dicen que la “deadline” se encuentra mucho más abajo, debido al estado financiero apremiante que viven muchas instituciones financieras griegas.

A todo este problema, se le suma el hecho de la estupidez pensada por el Primer Ministro Griego: el referendum para saber si la gente quiere que la ayuden o no. Esto habla de mucho populismo y poca política. Esto es como decir: “queremos recibir dinero pero continuar viviendo en la fiesta”. Lo cierto es que los griegos han vivido de la fiesta durante los últimos 10 años. Este es el momento de pagarla.

Ahora bien. Argentina cayo a un profundo pozo en cuanto a la economía de sus ciudadanos, pero tan solo 3 años despues, la economia volvia a dar indicios de crecimiento y el aparato volvía a funcionar. Aqui nos hacemos una pregunta: ¿es necesario, por ejemplo para Grecia, tocar fondo para luego salir adelante? El fondo del pozo para Grecia -o cualquier otro pais europeo en problemas- vendría ocasionado por el impago de la deuda soberana, la salida del euro, la devaluación de la divisa nacional y una crisis humanitaria debido al paro y al extremo estres al que estará expuesto la poblacion.

¿Que opina usted? ¿Será necesario un golpe de estas caracteristicas para poder salir adelante? ¿Estaria dispuesto a soportarlo si este fuera la unica salida? Antes de votar la encuesta, mire un video con una breve reseña del corralito argentino.

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Deuda Subordinada: concepto básico


Hay muchos conceptos económicos mayormente desconocidos para el ahorrador común. En este sentido, en los ultimos años hemos aprendido mucho -a fuerza de los golpes financieros- pero siempre queda algo por conocer. También se amplian las mejores ofertas bancarias, no quedando reducida solo a los mejores depositos, abriendose el mercado a los pagares bancarios y a la emisión de deuda subordinada.

En esta oportunidad, trataremos de aclararle un tema de moda: la Deuda Subordinada. Y este concepto está de moda gracias a la próxima emisión de bonos que realizará La Caixa. Estos Bonos La Caixa son un típico ejemplo de Deuda Subordinada.

Pero comencemos por el principio: ¿Qué es la deuda subordinada? La deuda subordinada son títulos valores de renta fija con rendimiento explícito emitidos normalmente por entidades de crédito que ofrecen una rentabilidad mayor que otros activos de deuda. Sin embargo, esta mayor rentabilidad se logra a cambio de perder capacidad de cobro en caso de extinción y posterior liquidación de la sociedad -la quiebra o bancarrota-, ya que está subordinado el pago en orden de prelación en relación con los acreedores ordinarios.

Esto quiere decir que, en caso de quiebra de la sociedad, primero cobrarán los acreedores ordinarios y luego, si queda un remanente en los activos, podrán cobrar los poseedores de este tipo de deuda.

En el caso de las entidades de crédito esta deuda es considerada, junto a las participaciones preferentes, un instrumento híbrido de capital, en el sentido de que cumple ciertos requisitos que lo asemejan parcialmente al capital ordinario de las entidades de crédito, y es computable como recursos propios de las entidades.

En cuanto al régimen fiscal, es el mismo que el de cualquier activo financiero con rendimiento explícito:  Los intereses o cupones periódicos reciben la calificación de rendimientos de capital mobiliario a integrar (al 19% o al 21%, de acuerdo a la cantidad de intereses percibidos en el año) en la renta del ahorro, al igual que el rendimiento obtenido en la amortización, transmisión, canje o conversión de estos activos.

Hay un punto interesante a tener en cuenta antes de invertir en un instrumento como este: su liquidez. Si bien en los folletos explicativo se establece que se puede vender cuando uno quiera en los distintos mercados, y es probable que asi suceda ya que no hay ningún impedimento legal para ello, hay que saber que en cualquier operación de compra-venta de títulos siempre hay dos partes: el comprador y el vendedor. En el caso que la entidad presente problemas financieros: ¿aparecerán los supuestos compradores sabiendo que si quiebra la sociedad ellos no tienen la seguridad de participar en su liquidación?

Pero el problema de liquidez no aparece solo en los casos de dudosa solvencia de la entidad. Los bonos cotizarán en un mercado secundario, es decir, si un particular decidiese deshacer su inversión antes del plazo de vencimiento, podría hacerlo, pero exponiéndose a no recuperar la totalidad de su inversión.

En fin, y resumiendo un poco el concepto: la Deuda Subordinada -En inglés secondary debt- es un tipo de deuda cuyo poseedor tiene una prioridad de pago menor que la de otros acreedores generales. Por este motivo se trata de un bono relativamente arriesgado, que en ocasiones se compensa con un rendimiento más alto. Si bien una entidad de primera línea como La Caixa se encuentra en una situación muy solvente y es poco probable que tenga problemas tan graves como para presentarse en bancarrota, es bueno conocer los detalles de una colocación como esta.

Aqui le dejamos un video con el concepto de que son los bonos, principal ejemplo de deuda subordinada.

Comprar deuda Pública


La deuda pública es un sistema de financiación que permite a los gobiernos capitalizarse para emprender campañas o llegar a ciertos objetivos. De esta manera, el o los gobiernos ponen a la venta bonos de deuda pública, los cuales pagan con intereses a determinadas tasas y cada determinada cantidad de tiempo.

Es sabido el endeudamiento que poseen tanto el Estado español como las Comunidades Autónomas, lo cual permite a los contribuyentes convertirse en acreedores del Estado mientras este se financia con intereses. Dentro de la deuda pública disponible para la compra se encuentran las Letras del Tesoro y los Bonos y Obligaciones del Estado.

Las Letras del Tesoro se emiten a 3, 6, 12 y 18 meses. Los Bonos del Estado se encuentran emitidos a 2, 3 y 5 años, mientras que las Obligaciones del Estado generalmente se emiten a 10, 15 y 30 años. En estos períodos, puede que el bono otorgue un interés mensual, trimestral, semestral o anual, los cuales pueden cobrarse dependiendo la cantidad de dinero que se haya invertido en ellos.

Estos bonos, que pueden ser de las Comunidades Autónomos o por parte del Estado, y el pequeño ahorrista puede comenzar a capitalizar su dinero a través de la deuda pública.

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