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Depósito Doble de Bancopopular-e


Cambios en las remuneraciones de los depósitos, algo que está sucediendo y mucho en las entidades españolas en estos días. En este caso, el Depósito Doble de Banco Popular diversifica su inversión en dos colocaciones a plazo a 3 y 12 meses.

  • El 50% del monto del depósito se destinará a una colocación a 3 meses cuya remuneración fue fijada por la entidad en el 2,65% TAE.
  • El 50% restante será colocado a 12 meses con una remuneración del 3,65% TAE.

Esta colocación puede contratarse desde 6.000 euros y hasta un monto máximo de 200.000 euros. La liquidación de intereses se hará al vencimiento de cada uno de los depósitos, abonándose los intereses devengados netos, deduciéndose la retención, en la cuenta corriente asociada.

En el caso de cancelación anticipada de uno de los depósitos, el cliente recibirá por el mismo intereses al 0,25% nominal anual (0,25 % TAE) por el periodo transcurrido desde la última fecha de liquidación de intereses y la fecha de cancelación de dicho depósito.

Se trata de dos productos en uno, donde la rentabilidad se encuentra en la media del mercado (al menos para el plazo de 12 meses) y, al no requerir productos asociados, es un producto simple y rendidor.

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Depósito Doble de Banco Herrero


 

El Depósito Doble de Banco Herrero consiste en una propuesta que combina a dos depósitos fijos a diferente plazo y rentabilidad.

El 50% de la inversión por usted efectuada será impuesta por tres meses al 2,75% TAE, (2,722% nominal anual), con pago de intereses mensual o a vencimiento.

El 50% restante de su colocación será invertida al 1,80% TAE por un plazo de 12 meses. En este caso el pago de intereses puede ser en forma mensual, trimestral, semestral o a vencimiento.

El Depósito Doble puede contratarse hasta el 04 de Febrero, desde un mínimo de 1.200 euros.

En caso de cancelación anticipada se aplicará una penalización del 1% sobre el saldo del depósito para el período comprendido entre la fecha de cancelación y el vencimiento pactado; esta penalización no podrá exceder del importe de los intereses devengados desde el inicio de la operación.

El depósito a 3 meses se puede cancelar, total o parcialmente, en cualquier momento, al igual que el depósito a 12 meses. Sin embargo, en este último caso la entidad exige que el importe que se mantenga en la imposición a 12 meses no sea inferior al importe que se mantenga vivo en el Depósito a 3 meses.

 

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