La adquisición de una vivienda es un acontecimiento importante y que requiere contar con ciertos ahorros, ya que, en la mayoría de los casos, cuesta conseguir una hipoteca que financie el 100% del valor de adquisición.
Para facilitar esta tarea de ahorro, existe un producto específico, la cuenta ahorro vivienda.
Se trata de un producto de ahorro que funciona como una cuenta o libreta a la vista, pero todo lo que se ahorre será destinado a la compra o rehabilitación de una vivienda en forma exclusiva.
El ahorro en estas cuentas suele efectuarse mediante aportaciones periódicas, hasta reunir lo suficiente para pagar el anticipo o la entrada de una casa.
En general estas cuentas funcionan igual que una libreta de ahorro, pero tienen una serie de particularidades, que vamos a desarrollar a continuación.
En primer lugar, sólo se puede abrir una cuenta vivienda por persona. La ley sólo admite las cuentas vivienda para la adquisición de la primera vivienda, desapareciendo por tanto esta posibilidad para las personas que ya dispongan de vivienda habitual.
Si uno considera la oferta de la mayoría de las entidades, podemos observar que los rendimientos ofrecidos para este tipo de producto son muy bajos, en comparación con los promocionados para cuentas nómina o bien para depósitos a plazo fijo.
Sin embargo, el atractivo de una cuenta vivienda se centra en la posibilidad de aprovechar las ventajas fiscales de la compra, más que los tipos de interés que en definitiva ofrecen.
De acuerdo a lo dispuesto legalmente, usted podrá deducir el 15% de las cantidades aportadas anualmente a su cuenta vivienda y que estén depositadas en la misma al 31 de diciembre de cada año. La aportación máxima anual sujeta a desgravación es de 9.015 euros, por lo que la deducción máxima será de 1.352,25 euros.
Para que pueda acceder a estas ventajas fiscales, la compra, construcción o rehabilitación de la primera vivienda habitual deberá completarse dentro de un plazo de cuatro años, que empiezan a contar desde su apertura.
Dado que se trata de un producto destinado al ahorro en forma exclusiva, en una cuenta vivienda no se podrán domiciliar pagos.