Participaciones preferentes: un producto de riesgos

La capacidad de colocar productos de las entidades financieras, lejos de enorgullecernos, debería avergonzarnos, en bastantes ocasiones. Pondría la mano en el fuego, y creo que no me quemaría, afirmando que muchas de las colocaciones de preferentes se hicieron en base al siguiente esquema:

– Sr. jubilado con ahorros, no tenga el dinero en su cuenta corriente que no le da intereses, invierta en preferentes que dan un alto rendimiento y «se parecen» a un depósitos a plazo fijo.

– Preferentes, ya sabe Sr. director que no quiero inversiones raras, de bolsa y esas cosas.

– Y bien que hace, las preferentes son un producto asegurado por nuestro banco, dan mucha rentabilidad y no bajan de valor nunca. Y si necesita dinero, nos lo dice y las vendemos a otro cliente.

Y ya tenemos colocados unos cuantos miles de euros en participaciones preferentes. Y un cliente mal asesorado al que le han incitado a invertir en un producto que nada tiene que ver con un depósito a plazo fijo, garantizado por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).

Y la garantía de la entidad financiera, no es tal si gestiona mal su negocio y el Banco de España la interviene, como ha pasado con la CAM.

Veamos algunas características de las participaciones preferentes, que probablemente el Sr. Jubilado tuvo en sus manos, pero no leyó:

  1. Son un producto complejo de carácter perpetuo. Con esta primera frase bien leída, el ahorrador de perfil conservador no habría invertido en preferentes.
  2. Una participación preferente es un título de renta fija emitida por un banco o caja.
  3. No constituye un depósito bancario, por lo que no están garantizadas por el FGD.
  4. Preferente no significa que se sea acreedor privilegiado. El orden de prelación de los poseedores de participaciones preferentes está después de los acreedores comunes y subordinados. En román paladín, cobran de los últimos en caso de quiebra de la entidad.
  5. Si la entidad financiera no tiene beneficios, no se cobra.
  6. A los 5 años, con autorización del Banco de España, la entidad puede recomprar las participaciones preferentes por su valor nominal. En el caso de la CAM, representaría un regalo para sus tenedores, difícil de justificar dado que se haría por un precio muy por encima de su valor de mercado, con dinero de todos los contribuyentes.

¿Cobraré si tengo preferentes de la CAM?

Si el Banco de España se ciñe a la legalidad y pretende una cierta justicia para todos los ciudadanos, ni amortizará las preferentes ni abonará remuneración alguna este año, al menos.

Eso quiere decir que si necesitamos vender las preferentes para obtener liquidez, perderemos mucho dinero, en el mejor de los casos (lo más probable es que no haya nadie que las compre).

La CAM ofrecía un Eurbor a 3 meses + 5,90. Usted se arriesgó y perdió. Si fue bien asesorado, claro. En caso contrario, le engañaron o se dejó engañar.

Pau A. Monserrat

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