Las cuentas de ahorro-vivienda se diferencian de una cuenta de ahorro normal en que el cliente se compromete a usar las cantidades depositadas en ella para financiar la compra de su vivienda habitual, a cambio de beneficiarse de un trato fiscal favorable en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.)
A tal fin el interesado (contribuyente) deberá identificar cualquier cuenta o depósito a plazo como su cuenta ahorro-vivienda, en su declaración del I.R.P.F., comprometiéndose a partir de entonces ante la Hacienda Pública (no ante la entidad bancaria) a no utilizar el dinero allí depositado más que para comprar su vivienda habitual.
Algunas entidades ofrecen cuentas de ahorro con el nombre comercial de “cuenta de ahorro vivienda”, que tienen una remuneración más alta que la correspondiente a una cuenta de ahorro normal, siempre que el cliente se comprometa a identificar esa cuenta a efectos fiscales, en su declaración del IRPF, como tal. La mayor remuneración se justifica porque la entidad considera, dada la finalidad de la cuenta, que el cliente no va a retirar los fondos a corto plazo.
La aportación deducible anualmente es, como máximo, de 9.015 euros por declaración. Si el dinero se dedicase a otro objetivo, puede salir mucho más caro ya que su titular deberá devolver a Hacienda todas las deducciones de las que se haya beneficiado.