Hipoteca Bonificada Superplus de Ibercaja

Ibercaja tiene disponible para sus clientes su Hipoteca Bonificada Superplus, que como su nombre lo indica, tiene una estructura de bonificaciones en el tipo de interés aplicable de acuerdo con la vincularización del cliente con la entidad, y que es esta oportunidad a incrementado el tipo aplicable tanto en la parte fija como variable.

El plazo máximo de amortización del préstamo será de 30 años, con algunas excepciones para los menores de 35 años, que será de hasta 40 años, con un periodo de carencia inicial de 2 años. Durante este periodo de carencia, solo se pagarán intereses.

El tipo de interés base dependerá del porcentaje de la tasación que se financie, pudiendo este alcanzar hasta el 100% del valor de la propiedad. Las condiciones básicas son las siguientes:

  • Hasta un 80% del valor de tasación:
    • Periodo inicial 12 meses: 6,45% (antes 5,45%)
    • Resto: euribor a 1 año con revisión semestral + 4,10 (antes 3,10%)
    • Comisión de apertura: 1,50%
  • Más del 80% del valor de tasación:
    • Periodo inicial 12 meses: 7,10% (antes 6,10%)
    • Resto: euribor a 1 año con revisión semestral + 4,35% (antes 3,35%)
    • Comisión de apertura: 1,75%

A los tipos de interés aplicables se les podrá restar una serie de bonificaciones, de acuerdo con la vincularización el cliente con Ibercaja, y siguiendo las siguientes pautas:

  • Domiciliación nómina (mínimo 600 euros) y al menos 3 recibos de servicios básicos (Condición imprescindible para acceder al resto de bonificaciones): -0,15%
  • Contratación de Seguro de Vida: -0,10%
  • Contratación Seguro Ibercaja Hogar: -0,10%
  • Contratación de Seguro Protección de Pagos o Seguro con Accidentes de Subsidio: -0,10%
  • Compras con cualquier Tarjeta Ibercaja (sin financiación) Superiores a 1.000 euros semestrales: -0,10%
  • Saldo de Ahorro por importe superior a 10.000 euros (Opción habilitada si ha seleccionado Nómina + servicios y otro requisito de vinculación): -0,05%
  • Bonificación Máxima: -0,60%

A su vez, usted puede establecer cuotas mensuales, trimestrales o semestrales, pudiendo elegir una cuota creciente para cada una de ellas (con incremento anual del 1%, siempre que el límite de la hipoteca sea de 30 años y sin carencia).

Podemos concluir que el tipo de interés de esta hipoteca, a pesar de las grandes exigencias, es bastante alto incluso con el máximo de las bonificaciones. Puede haber otros productos mejores en la competencia.

Fiscalidad de la hipoteca primera vivienda

Las deducciones por inversión en vivienda habitual -este es el nombre tributario que le da el fisco- es un importante ahorro anual en concepto de impuestos, más especificamente, del IRPF 2011. En este caso, incluyen los siguientes conceptos:

  • Lo ingresado en una cuenta vivienda.
  • Lo pagado al vendedor, constructor, promotor de la vivienda, designando el NIF de los mismos en la declaración de hacienda.
  • Los gastos e impuestos de la escritura de compraventa: notaría, registro, IVA, ITP o Actos Jurídicos Documentados.
  • Los gastos por obras de construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda.
  • Los recibos del préstamo y los gastos de la escritura del préstamo.
  • Las primas de seguros de vida e incendios cuya suscripción exige el banco al conceder la hipoteca.
  • Las ayudas públicas concedidas al contribuyente para la adquisición de la vivienda habitual, dichas ayudas también hay que declararlo como ganancias patrimoniales.
  • El coste de los instrumentos de cobertura de riesgo del tipo de interés variable del préstamo hipotecario.

Más información

Estos resultados se pueden ampliar con el Comparador Hipotecas de Hipolisto, el primer comparador social y colaborativo que cuenta con toda la oferta del mercado hipotecario.

Además, si necesita hacer cálculos de cuanto pagará por su hipoteca, puede acceder a calcular su hipoteca.

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