Cuentas Vivienda: una opción muy conveniente

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La situación del mercado inmobiliario en la actualidad hace de la cuenta vivienda un producto muy útil, ya que su objetivo es constituir un saldo para la compra de una casa mientras se recibe una remuneración por el importe depositado.

Entre sus ventajas encontramos, ademas de su alta rentabilidad, su favorable tratamiento fiscal, ya que las aportaciones tienen efecto a favor del titular en la declaración de la renta, según la normativa fiscal vigente. La de mayor rentabilidad en la actualidad es la Cuenta Vivienda Naranja de ING, que ofrece 4.50% TAE a sus clientes.

Sin embargo, hay entidades que asocian esta cuenta a la contratación de una hipoteca como estrategia para captar o fidelizar a los clientes. En estos casos, en general ofrecen incentivos a los clientes como incrementar la remuneración de las cuentas (por ejemplo: Caja Navarra paga el 4% TAE si se asocia la cuenta con una hipoteca. Si no es así, el tipo aplicable es 3% TAE) o bonificaciones y beneficios en la contratación de la hipoteca.

Las Cuentas Vivienda no admiten domiciliaciones de cargos, salvo los relacionados con la adquisición de la vivienda, y en general no se cobran comisiones por la consulta de saldos ni movimientos de dinero.

La condicion del buen tratamiento fiscal es que las cantidades depositadas se deberán destinar a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual antes de que transcurran cuatro años desde la fecha de apertura de la cuenta, aunque esto puede variar en algunas comunidades de acuerdo a incentivos especiales.

La aportación deducible anualmente es, como máximo, de 9.015 euros por declaración. En concreto, la legislación no especifica que para tener derecho a estas desgravaciones fiscales haya que tener una cuenta denominada vivienda, sino que sirve cualquier cuenta siempre que los saldos depositados se usen exclusivamente para la compra o reforma de una casa.

Para finalizar una advertencia: si el dinero se dedicase a otro objetivo, puede salir mucho más caro ya que su titular deberá devolver a Hacienda todas las deducciones de las que se haya beneficiado.

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