Antes de emprender un negocio es necesario conocer todos los beneficios disponibles, en este caso una deducción sobre las cantidades que se destinen a la creación de la sociedad, a la que se considera nueva empresa (SNE).
Existe una deducción de un 15% sobre la cantidad que se destine a la creación de una sociedad en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El límite fijado es de 9.000 euros anuales y es aplicable a un máximo de cuatro años. La cantidad destinada se deberá dedicar en su totalidad a la constitución de la nueva compañía SNE. Se acepta que parte de los importes se pueda destinar a la inversión que se haga en concepto de inmovilizado o a los gastos de personal de la empresa.
De destinar el importe a otros fines y que sean diferentes a los ya fijados, el contribuyente perderá el derecho a la deducción sobre éstos, igualmente conservará la deducción para el resto. Se estipula que cada contribuyente tendrá solamente una cuenta empresa. Dicha cuenta deberá ser para la creación de la primera SNE como socio fundador.
El mecanismo es parecido a la cuenta vivienda, donde se debe identificar la cuenta y no se podrán tocar los fondos de la misma hasta que se constituya la empresa. Mientras que el plazo para la constitución de la SNE, deberá ser de 4 años, esta empresa deberá contar con un local para la actividad de la misma y al menos una persona bajo contrato y a jornada completa en el plazo máximo de un año desde la constitución y con la forma jurídica de sociedad limitada nueva empresa, así como mantener el mismo objeto social no pudiendo ser este la gestión de un patrimonio inmobiliario o mobiliario.
Tampoco el contribuyente podrá transmitir sus participaciones durante los dos primeros años de actividad de la empresa. Esto representa un importante ahorro fiscal, unos 1.350 euros anuales.