Cuenta Nómina Cajasiete

CajaSiete vuelve a ofrece de forma gratuita su  cuenta nómina, una cuenta totalmente gratuita, que no cobra ningún tipo de gasto.

Esta cuenta esta disponible para todos aquellos que deseen domiciliar su nómina mas dos recibos en CajaSiete.

Además, solo por domiciliar su nómina en la entidad recibirá una tarjeta de débito gratuita.

Cuenta sin gastos de mantenimiento, administración ni por apuntes:

  • Ingresos de cheques en cuenta sin comisiones.
  • Transferencias nacionales gratuitas por Internet: incluye hasta 6 transferencias semestrales sin gastos.
  • Seguro de accidentes gratuito de 6.000 euros.
  • Opción de disponer de hasta un 80% de anticipo de la nómina.

Tarjeta de débito gratuita y con la que podrá sacar dinero:

  • Tarjeta de crédito Visa gratuita el primer año, si realiza al menos 12 operaciones al año entre operaciones por cajeros y compras.
  • Soluciones de Internet para comprar con tarjeta con total seguridad.
  • Cuentas con alta remuneración y total disponibilidad.

Esta oferta es válida para nuevas nóminas domiciliadas en Cajasiete entre el 01/01/2013 y el 31/12/2013, debiendo cumplir con los siguientes requisitos:

  • nómina domiciliada
  • domiciliar dos recibos
  • tarjeta de débito
  • banca electrónica y correspondencia por Internet

Asimismo, CajaSiete también ha lanzado la Cuenta Pensión Siete, una cuenta sin gastos de administración y mantenimiento, siempre que posea una pensión y dos recibos domiciliados, con un saldo medio mensual de 150 €, tarjeta de débito gratuita, ingreso de la pensión los días 24 de cada mes, y con la que además podrá sacar dinero a débito sin comisiones en todos los cajeros Servired.

Fiscalidad de las Cuentas Bancarias

Este producto estará gravado en el IRPF 2012, siendo considerados rendimientos de capital mobiliario. Como tal, estará sujeta a la fiscalidad de los depósitos normal y habitual

  • Para los residentes en España los intereses de este tipo de depósitos están sujetos a una retención a cuenta del IRPF del 21% según la legislación vigente. En el caso de que el importe de los intereses excedan los 6.000 euros,pero sean menores de 24.000 euros, habrá que pagar un 25%. Y si superan el umbral de los 24.000 euros, el tipo aplicable será del 27%.
  • Para los no residentes en España con declaración de no residencia fiscal en vigor no se aplicará la Retención fiscal.

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