Comisión por descubierto

La más temida de las comisiones bancarias es, sin duda, la de disponer un cargo en descubierto en la cuenta.

Los bancos y cajas poseen variadas comisiones. Entre ellas encontramos la comisión por descubierto. Esta comisión es la que cobra la entidad si la misma permite hacer un cargo o disponer de la cuenta sin tener saldo.

Sin embargo, la comisión por descubierto cuenta tres limitaciones muy importantes, que deben ser conocidas por los clientes de cualquier entidad. De esta manera, no se puede cobrar esta comisión cuando:

  • el descubierto es causa sólo de las diferentes fechas de valoración atribuidas a los ingresos y reintegros en la cuenta por los procedimientos bancarios.
  • la comisión por descubierto sumada a los intereses producidos por tal descubierto no puede llegar a una TAE superior a 2,5 veces el interés legal del dinero en cada momento.
  • no se puede cobrar una misma comisión dos veces por elmismo descubierto.

No olvide que si gira en descubierto, a la comisión respectiva se le sumarán los intereses correspondientes por ese crédito tomado al banco.

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