Bonificación del 2% por traspasar sus fondos a La Caixa

Este otoño, La Caixa ha decidido premiar a quienes confíen en la entidad y traspasen a ella sus fondos de inversión.

En virtud de esta campaña quienes tengan sus fondos de inversión en otra entidad y efectúen el cambio a la Caixa, serán premiados con una bonificación del 2% del importe traspasado, sin importe máximo establecido. 

Para gozar de esta bonificación el cliente deberá efectuar el traspaso antes del 31 de diciembre de 2012, por un importe mínimo de 3.000 € (sin límite máximo).

La bonificación del 2% del importe traspasado podrá alcanzarla con uno o varios traspasos, pero con la condición de permanencia de 4 años.

Cada año, durante los 4 primeros, recibirá un 0,5% del importe traspasado, sin importe máximo de abono. Dicho importe deberá ser mantenido en los fondos en campaña hasta el 1 de enero de 2014, 4 de enero de 2015, 3 de enero de 2016 y 3 de enero de 2017. Podrán realizarse traspasos internos entre los fondos en campaña dentro de un mismo expediente.

De esta forma, el 2% promocional se abonará de manera fraccionada durante 4 años:

  • Primer 0,50%: 2 de enero de 2014
  • Segundo 0,50%: 5 de enero de 2015
  • Tercer 0,50%: 4 de enero de 2016
  • Cuarto 0,50%: 4 de enero de 2017

La entidad pone a disposición una amplia gama de fondos de inversión con diferentes perfiles de riesgo para que usted pueda seleccionar el que más se adapta a sus preferencias. Tendrá distintas propuestas de fondos de:

Renta Fija
Renta mixta y Globales
Renta variable
Gestión Alternativa

Más información

Fiscalidad Fondos de Inversión

Los cambios en materia tributaria realizados a fines de 2011, con efectos inmediatos a partir del 1º de enero de 2012, dan cuenta, entre otras medidas, de una subida de los tramos del IRPF 2012 y en la tributación de las rentas del ahorro, entre las que encontramos la fiscalidad de los fondos de inversion.

Los fondos de inversión no están sometidos a tributación en el IRPF hasta que se produce la transmisión o reembolso de participaciones. En ese momento se generará una variación patrimonial, ganancia o pérdida, por diferencia entre el valor de transmisión o reembolso y el valor de adquisición o suscripción de las participaciones, esto es:

Valor de Reembolso – Valor de Suscripción = Resultado Impositivo (Ganancia o Pérdida)

Cuando se produce el reembolso de participaciones del fondo de inversión se considera que se transmiten aquéllas que fueron adquiridas en primer lugar, es decir, se aplica el denominado sistema FIFO (first in – first out). En nuestro idioma: primera entrada-primera salida. Los gastos y tributos inherentes a la adquisición o la transmisión se suman y se restan, respectivamente, considerándose como un mayor valor de adquisición y como un menor valor de venta.

Las ganancias patrimoniales derivadas de transmisiones de participaciones de fondos de inversión están sometidas a los siguientes tipos:

  • Las ganancias hasta 6.000 tributan al 21%
  • A partir de 6.000 euros y hasta 24.000 habrá que pagar un 25%
  • A partir de 24.000 euros se pagará una retención de 27%

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